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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para
general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 31 de mayo de
1993, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el Recurso
Contencioso_Administrativo núm.1127/90, promovido por Simago SA., sobre Sanción cuyo pronunciamiento es
del siguiente tenor:
FALLO:
Desestimar el recurso contencioso_administrativo que el Procurador D. Enrique Alameda Ureña, en nombre y
representación de Simago, S.A. el 1 de febrero de 1990 interpuso contra la Resolución del Director
General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía de
16 de noviembre de 1989 desestimatoria del recurso de alzada formulado contra la Resolución del Delegado
Provincial de Trabajo de Jaén de 31 de julio de 1989 dictada en el Expte.
137/89 y por la que como autora
de una infracción de los artículos 6, 8 y 11 del Real Decreto 1992/84 de 31 de octubre, fue sancionada
conforme a los artículos 28.3, 36.1 y 37.4 de la Ley 8/1988, de 7 de abril, con multa de 500.001 pesetas,
cuyos actos administrativos declaramos conformes a derecho. Sin expresa condena en costas.
Sevilla, 19 de julio de 1993._ El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
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