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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para
general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 12 de abril de
1993, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso
Contencioso_Administrativo núm. 4222/90, promovido por Puerta Europa, S.A. sobre Sanción cuyo
pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO:
Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso contencioso administrativo interpuesto por el
Procurador Sr. García Paúl, en nombre y representación de Puerta de Europa, S.A., contra resolución de 12
de julio de 1990 del Director General de Trabajo y Seguridad Social, de la Consejería de Fomento y
Trabajo de la Junta de Andalucía, desestimatoria de recurso de alzada interpuesto contra otra dictada por
la Delegación Provincial en Cádiz de la citada Consejería en el expediente
1321/89 por la que se acordaba
la imposición a la actora de la sanción de 500.000 pesetas; que confirmamos. Sin costas.
Sevilla, 19 de julio de 1993._ El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
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