Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 88 de 12/8/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

ORDEN de 30 de julio de 1993, por la que concede una subvención por razón del objeto, a la Federación Andaluza de Asociaciones de Padres y Amigos de los Sordos, para realizar una Campaña de Detección Precoz de la Sordera.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

El artículo 43 de la Constitución Española reconoce el derecho a la protección de la salud, y establece que corresponde a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. Asimismo, el artículo 3 de la Ley 14/1986 de 25 de abril, General de Sanidad, dispone que los medios y actuaciones del sistema sanitario estarán orientados prioritariamente a la promoción de la salud y a la prevención de las enfermedades.

En base a los preceptos mencionados, y habida cuenta del interés que tiene para la Administración Sanitaria Andaluz la campaña de «Detección Precoz de la Sordera¯ dada la trascendencia del diagnóstico precoz de esta enfermé dad para poder realizar una eficaz labor preventiva, educativa y rehabilitadora, ante la solicitud de ayuda económica presentada en esta Consejería y existiendo crédito presupuestario para otorgar dicha subvención sin que sea posible promover concurso público, de conformidad con lo dispuesta en el artículo decimoctavo de la Ley 4/1992, de 30 de diciembre, es por lo que se concede la subvención que se solicita. En su virtud y en uso de las atribuciones que me están conferidas por los artículos 39 6 de la Ley 6/1983, de 21 de Julio del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma y 10.b) de la Ley General 5/1983, de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Dispongo:

Artículo 1 Conceder a la Federación Andaluz de Asociaciones de Padres y Amigos de los Sordos, una subvención específica por razón del objeto por importe de dos millones trescientas mil pesetas 12.300.000 ptas.), con motivo de la realización de una campaña de «Detección Procaz de la Sordera¯, can cargo a la aplicación presupuestaria

01.17.00.01.00.48100.121.0, del Presupuesto de la Consejería de Salud para el ejercicio económico de 1993.

Artículo 2. El uso de la subvención que se otorga deberá justificarse ante esta Consejería mediante la presentación, en el plaza de tres meses a partir dé la materialización de su pago de los documentos que acrediten la aplicación real de la mismo a las que, con carácter obligatoria, se adjuntarán memoria o balance de los resultados obtenidos como consecuencia de la realización de la actividad subvencionada y demás requisitos que les sean de aplicación, conforme establece el artículo decimoctavo -siete- de la Ley 4/1992, de 30 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para

1993.

DISPOSICION FINAL:

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 30 de Julio de 1993

JOSE LUIS GARCIA DE ARBOLEYA Y TORNERO

Consejero de Salud

Descargar PDF