Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 88 de 12/8/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Medio Ambiente

RESOLUCION, de 18 de junio de 1993 y de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se incoa Expediente para la Inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, a favor del conjunto de maquinaria procedente de la fábrica azucarera de Ntra. Sra del Pilar, en Motril (Granada).

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Por Resolución de 26 de abril de 1991, la Dirección General de Bienes Culturales acordó la incoación de expediente de declaración de Bien de Interés Cultural a favor del inmueble "Fábrica Azucarera Nuestra Señora de Pilar", en Motril (Granada).

Afectados por dicho expediente resultaban un total de treinta bienes muebles que constituyen parte esencial de la historia del edificio. En el mismo texto se reconocía que era precisamente la existencia de los citados bienes muebles uno de los fundamentos que hacían aconsejable la incoación del BIC.

En el transcurso de la tramitación del expediente ha quedado demostrado que los citados bienes muebles ya no permanecían en los locales de la citada fábrica en el momento de la incoación del mismo.

El artículo 27 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español, no permite declarar bienes muebles que no estén contenidos en el inmueble; sin embargo, dichos bienes muebles deben ser objeto de protección legal, toda vez que continúan siendo parte importante del Patrimonio Histórico de Andalucía y se localizan en el territorio de la Comunidad Autónoma (Fábrica Azucarera de Málaga). Del mismo modo, a la vista de los valores históricos, artísticos y culturales del citado patrimono, que, por otra parte, constituyen realizaciones de ingeniería de gran interés científico, se considera aplicar un régimen de protección acorde con los citados valores.

Por todo lo cual, vista la propuesta del Servicio y de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1 y 2, de la Ley 1/91, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía,

ESTA DIRECCION GENERAL, HA RESUELTO:

1º.- Incoar el procedimiento para la inscripción con carácter específico en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, a favor del conjunto de maquinaria procedente de la Fábrica Azucarera de Ntra. Sra. del Pilar, en Motril (Granada), cuya identificación y descripción figuran como anexo a la presente disposición.

2º- Proceder a la elaboraciuón de las instrucciones particulares establecidas en el art. 11 de la Ley 1/91, de 3 de julio,, del Patrimonio Histórico Andaluz.

3º- Proceder de acuerdo con el artículo 9.4 de la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía a la anotación preventiva de dicho bien mueble en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz. De acuerdo con lo establecido en el art. 8.3 esta anotación preventiva determina la aplicación provisional del régimen de protección correspondiente a la inscripción específica.

4º- Hacer saber a los propietarios, titulares de derechos o simples poseedores del bien que tienen el deber de conservarlo, mantenerlo y custodiarlo de manera que se garantice la salvaguardia de sus valores. Asimismo, deberán permitir su inspección por las personas y órganos competentes de la Junta de Andalucía, así como su estudio por los investigadores acreditados por la misma.

5º- Hacer saber a los poseedotres de los bienes muebles que, de acuerdo con lo establecido en el art. 45.1 de la ley 1/91, de 3 de julio, deberán notificar a la Consejería de Cultura y Medio Ambiente cualquier cambio de titularidad del que el bien sea objeto, así como permitir su inspección. Asimismo, y de acuerdo con el artículo 45.3 del ciatdo texto legal, los propietarios deberán notificar a la Consejería de Cultura y Medio Ambiente cualquier cambio de ubicación de los citados bienes muebles.

El incumplimiento de las anteriores obligaciones previstas en esta ley podrá llevar aparejada la designación de depósito forzoso del bin en un Cnetro de carácter público hasta tanto no se garantice la conservaciónb de los bienes afectados.

6º.- Continuar la tramitación del expediente de acuerdo con las disposiciones en vigor.

5º.- Que la presente resolución se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial del Estado.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Sevilla, 18 de junio de 1993.- El Director General, José Guirao Cabrera.

ANEXO QUE SE CITA

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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