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En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 79.2 del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, artículos 109.2 y 110 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, Ley
7/1985 de 2 de abril, Ley 6/1983, de 21 de julio, Circular de la Dirección General de Administración Local de 14 de septiembre de 1951, y demás preceptos de general aplicación. El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, confiere competencia exclusiva a esta Comunidad Autónoma en materia de Régimen Local.
En su virtud, al amparo de la legislación invocada, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:
Prestar conformidad a la cesión gratuita de unos terrenos propiedad del Ilmo. Ayuntamiento de Vélez-Rubio (Almería) a la Comunidad Autónoma de Andalucía, Consejería de Obras Públicas y Transportes, a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 4 de febrero de 1994, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 76, de fecha 22 de abril de 1994, y cuya descripción es la siguiente:
Solar en calle Carril núm. treinta y uno, con una superficie de ochocientos treinta y cuatro metros cuadrados. Linda: Norte, calle Cantarerías; Sur, calle Carril, Este, Antonio Tudela Reverte; y Oeste, María Heredia García. Inscrito en el Registro de la Propiedad de Vélez-Rubio, Folio 68, Libro 300, Tomo 837, Finca núm. 10.003-N.
Sevilla, 15 de julio de 1994
ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS
Consejero de Gobernación, en funciones
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