Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 124 de 6/8/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de Asuntos Sociales

RESOLUCION de 19 de julio de 1994, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad a la de 22 de junio de 1994, mediante la que se acredita como Centro de Tratamiento Ambulatorio al centro dependiente de la Fundación Centro Español de Solidaridad.

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En aplicación de lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 330/1988, de

5 de diciembre, por el que se dictan las normas de acreditación de Centros y Servicios de atención a drogodependientes, procede publicar la resolución de la Consejera de Asuntos Sociales de fecha 22 de junio de 1994, la cual ha sido notificada a los solicitantes el día 5 de julio de 1994 y cuyo tenor literal es el siguiente:

«Vista la solicitud formulada por D. Francisco Herrera del Pueyo, en nombre y representación de la Fundación «Centro Español de Solidaridad«, en petición de acreditación del Centro de Tratamiento Ambulatorio, situado en calle San Juan de Dios, 21, de Sevilla.

Resultando que el citado Centro fue autorizado mediante resolución de 15 de octubre de 1993, de la Dirección General de Coordinación, Docencia e Investigación, de la Consejería de Salud. Resultando que el Comisionado para la Droga, a la vista de la solicitud y de la documentación presentada por la Asociación, y en base al cumplimiento de los requisitos exigidos por el citado Decreto 330/88, emite informe de fecha

29 de octubre de 1993, favorable a la acreditación del referido centro como Centro de Tratamiento Ambulatorio.

Considerando que esta Consejería es competente para resolver sobre la acreditación de Centros y Servicios de atención a Drogodependientes, en virtud de lo dispuesto en los Decretos 223/90, de 27 de julio, y 287/90, de

11 de septiembre, sobre reestructuración de Consejerías y de estructura orgánica de la Consejería de Asuntos Sociales, respectivamente, así como del art. 6 del referido Decreto 330/88.

Vistos los preceptos legales citados así como los de general aplicación

RESUELVO

1º Acreditar el Centro sito en calle San Juan de Dios, 21, de Sevilla, dependiente de la Fundación «Centro Español de Solidaridad«, como Centro de Tratamiento Ambulatorio.

2º Esta acreditación será válida durante un período de tres años, a contar desde su notificación, siendo renovable previa solicitud efectuada con tres meses, al menos de anticipación, a la fecha de terminación de su vigencia.

3º Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer, previa comunicación a este órgano, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. La Consejera de Asuntos Sociales«.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Sevilla, 19 de julio de 1994.-El Secretario General Técnico, Pedro Rueda Cascado.

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