Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 141 de 9/9/1994

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE UBRIQUE

ANUNCIO de bases.

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BASES QUE HAN DE REGIR LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE SUBOFICIAL DE LA POLICIA LOCAL DE UBRIQUE

Primera.Objeto.Constituye el objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, mediante Concurso-Oposición, por promoción interna, de conformidad con lo establecido en la Ley Andaluza 1/89, de Coordinación de las Corporaciones Locales de Andalucía, el Decreto 186/92 de 24 de noviembre, de selección, formación y movilidad de los Cuerpos de la Policía Local en Andalucía y en el R.D. 896/91 de 7 de junio sobre procedimiento de selección de Funcionarios al servicio de las Entidades Locales, de una plaza de Suboficial de la Policía Local vacante en la plantilla de Funcionarios de este Ayuntamiento, encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase Suboficial, con los sueldos y retribuciones correspondientes al Grupo B y a la citada subescala y clase. El aspirante que sea declarado aprobado deberá superar el correspondiente curso de capacitación profesional en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía.

Segunda.Requisitos.Para tomar parte en el citado concurso-oposición será necesario poseer los siguiente requisitos antes de que termine el plazo de presentación de solicitudes:

-Llevar al menos dos años de servicio efectivo, en la categoría de Sargento en la Policía Local de Ubrique.

-Estar en posesión del título de Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Diplomado Universitario, Formación Profesional de tercer grado o equivalente o bien haber superado el correspondiente curso de dispensa de grado para acceder a la categoría de Suboficial, cuestión que deberá acreditar mediante el correspondiente certificado expedido por la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía de conformidad con lo establecido en la disposición transitoria primera de la Ley 1/89.

-Carecer en el expediente personal de inscripciones por faltas graves o muy graves en virtud de resolución firme. No se tendrán en cuenta las canceladas.

Estos requisitos deberán acreditarse documentalmente antes de realizar el curso de capacitación.

Tercera.Instancias.Las instancias para tomar parte en el presente concurso-oposición por promoción interna, se dirigirán al Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación, según modelo que se facilitará en el departamento de personal del Ayuntamiento. Se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento, en días y horas hábiles, dentro de los 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria respectiva en el Boletín Oficial del Estado, junto con los documentos acreditativos de los méritos alegados. Los aspirantes manifestarán en sus instancias que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda de la presente convocatoria, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de aquéllas y lo acreditarán documentalmente una vez aprobados los ejercicios.

Todos los aspirantes, acompañarán resguardo del documento que acredite haber satisfecho los derechos de examen que se fijan en 2.500 ptas. En la presentación de instancias se podrá utilizar el procedimiento establecido en el art. 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarta.Admisión de instancias.El Sr. Alcalde-Presidente resolverá, previamente al comienzo de los ejercicios, sobre los admitidos y excluidos. La lista de excluidos se publicará en el B.O.P. y será expuesta en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, concediéndose un plazo de subsanación o de recursos de 10 días a los excluidos.

Quinta.Tribunal.En aplicación del art. 16 del Decreto de la Consejería de Gobernación 186/92 de 24 de noviembre, el Tribunal que ha de juzgar el concurso-oposición estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Sr. Alcalde o Concejal en quien delegue. Vocales: Teniente Alcalde Delegado de la Policía Local o persona que lo sustituya.

-Un Concejal de los grupos políticos de la oposición municipal.

-Un representante de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía.

-Un miembro de la Junta de Personal designado por ésta.

-Un representante del Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Depositarios de Administración Local.

En cualquier caso, de conformidad con lo establecido en el art. 16 del Decreto 196/92, y el art.11-2 del R.D. 2223/84 los miembros del Tribunal habrán de tener una titulación académica, igual o superior a la exigida para optar a la plaza.

Como Secretario, con voz pero sin voto actuará el Secretario General de la corporación o persona que lo sustituya.

Junto con los titulares se nombrarán suplentes, en igual número y con los mismos requisitos, pudiendo actuar indistintamente el titular o el suplente. El Tribunal podrá contar con asesoramiento técnico, con voz pero sin voto y les corresponderá dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo y valorar los ejercicios de los aspirantes.

Sexto.Comienzo y desarrollo de las pruebas.La fecha, hora y lugar en que darán comienzo los ejercicios de la oposición será publicado al menos con diez días de antelación en el B.O.P. y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento. El orden de actuación de los aspirantes para aquellos ejercicios que no puedan desarrollarse de una manera conjunta, se iniciarán por el primer opositor cuya inicial del primer apellido corresponda a la letra que previo sorteo, se haya obtenido en reunión que con la antelación suficiente haya celebrado el Tribunal.

Séptimo.Valoración de los méritos.El mismo día indicado para la celebración de las pruebas que constituyen la oposición y antes del inicio de éstas, el Tribunal publicará una lista comprensiva de los méritos alegados y probados por los participantes según el baremo fijado.

La valoración de estos méritos en ningún caso podrá servir para superar los ejercicios de la fase de oposición.

La puntuación obtenida en la fase de oposición será sumada a los méritos alegados en la fase de concurso y determinará de mayor a menor el orden de colocación de los aspirantes.

Baremo para la Fase de Concurso.

A)Titulaciones académicas.

Título de Doctor o estudios universitarios de postgrado: 3 puntos. Licenciatura o escuela técnica superior: 2 puntos.

Título de grado medio o diplomdo universitario: 1 punto. No se tendrán en cuenta a efectos de valoración, las titulaciones exigibles para el puesto que se aspira ni las necesarias para obtener la requerida, tampoco se tomarán en consideración más de una de las superiores en más de un grado a la exigida.

B)Antigüedad.

-Por cada año de servicio prestado como interino en la categoría a la que se aspira: 0,15 puntos.

-Por cada año de servicio prestado en propiedad en la categoría inferior a la que aspira: 0,10 puntos.

-Por cada año prestado en Cuerpos de las distintas administraciones públicas del mismo grupo al que aspira: 0,05 puntos.

En cualquier caso las fracciones inferiores al año serán despreciadas.

C)Formación.

-Por cursos superados en centros docentes policiales, se valorarán cada 35 horas con: 0,15 puntos.

-Las fracciones con: 0,10 puntos

-Por cursos de interés policial superados en instituciones o escuelas relacionadas con la administración pública en función del número de horas de asistencia, estableciéndose por cada 50 horas lectivas: 0,10 puntos.

-Las fracciones se valorarán con: 0,05 puntos.

-En los cursos en los que sólo se ha obtenido asistencia se valorará respectivamente en la tercera parte de las horas de asistencia.

-Ser profesor en los cursos anteriores, respectivamente el quíntuplo de las valoraciones correspondientes.

-Ponencias y publicaciones, se valorarán por el Tribunal en función del interés específico e interés policial de las mismas hasta un máximo de: 1 punto.

D) Otros méritos.

-Haber sido recompensado con la medalla al mérito de la Policía de Andalucía: Categoría de oro: 3 puntos.

Categoría de plata: 2 puntos.

-Felicitación pública individual acordada por el Ayuntamiento Pleno, cada una con: 0,25 puntos.

Octava.Ejercicios de la oposición.Las pruebas que habrán de superarse serán además de las de carácter médico, físico y psicométrico, otras sobre conocimiento del temario que se adjunta como anexo.

Dichas pruebas, que asegurarán la objetividad y racionalidad de la selección, serán eliminatorias y estarán divididas en las siguientes fases:

a)El examen médico con sujeción al cuadro del anexo I se calificará de apto o no apto.

b)De aptitud física, tendentes a comprobar, entre otros aspectos las condiciones de fuerza, agilidad, flexibilidad, velocidad y resistencia del opositor. Se calificará de apto o no apto, siendo eliminatorio el no superar alguna de las pruebas (Anexo II).

c)Psicotécnicas.En las que podrá incluirse una entrevista de carácter psicotécnico y personal, así como tests, dirigidas a determinar las aptitudes y actitudes del aspirante para el desempeño del puesto policial. Se calificará de apto o no apto (Anexo III).

d)Culturales.Que consisterán en la contestación por escrito, de los temas o cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, propuestas por el Tribunal de las materias que figuran en el temario de la convocatoria (Anexo IV) y la resolución de un caso práctico cuyo contenido estará relacionado con el temario. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesarios, para aprobar obtener 5 puntos en las contestaciones y otros 5 en la resolución práctica. La calificación final será la suma dividida por dos. Para su realización se dispondrá de 3 horas.

Novena.Relación de aprobados, presentación de documentos, relación de cursos de ingreso y nombramientos. Una vez terminados los ejercicios de la oposición, el Tribunal publicará la relación de aprobados por el orden de puntuación, no pudiendo éstos rebasar el número de plazas a cubrir sin que quepa asignar en ningún caso la calificación de aprobado sin plaza u otra semejante.

Los opositores propuestos presentarán en el departamento de personal del Ayuntamiento, dentro del plazo de 30 días hábiles o en todo caso antes de la realización del curso de capacitación, a partir de la publicación de la lista de aprobados, los documentos acreditativos de cumplir con los requisitos que para tomar parte en el presente concurso-oposición se exigen en la base segunda.

Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor los opositores propuestos no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos, quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiere podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la oposición, en este caso la presidencia de la Corporación formulará propuesta a favor de los que habiendo aprobado los ejercicios de la oposición, tuvieran cabida en el número de plazas convocadas a consecuencia de la referida anulación. Los opositores propuestos deberán superar con aprovechamiento el curso de formación para el acceso a la escala de suboficial, en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía. Realizando el curso, se efectuará el nombramiento del funcionario por el Alcalde-Presidente. Durante el tiempo de permanencia en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía los alumnos tendrán la consideración de funcionarios en prácticas y los derechos inherentes a tal situación.

Décimo.Toma de posesión.Los opositores nombrados deberán tomar posesión en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al que le sea notificado el nombramiento; aquéllos que no tomen posesión en el plazo señalado sin causa justificada, quedarán en la situación de cesantes.

Ubrique, 12 de agosto de 1994.-El Alcalde, Ignacio Calvo Ordóñez.

CUADRO DE EXCLUSIONES MEDICAS QUE REGIRA PARA EL INGRESO EN LOS CUERPOS DE LA POLICIA LOCAL DE ANDALUCIA

1.Talla.

Estatura mínima 1,70 metros los hombres, 1,65 las mujeres.

2.Obesidad-Delgadez.

Obesidad o delgadez manifiestas que dificulten o incapaciten para el ejercicio de las funciones propias del cargo.

3.Exclusiones definitivas.

3.1.Ojo y visión:

3.1.1.Agudeza visual sin corrección inferior a los dos tercios de la visión normal en ambos ojos.

3.1.2.Queratotomía radial.

3.1.3.Desprendimiento de retina.

3.1.4.Estrabismo.

3.1.5.Hemianopsias.

3.1.6.Discromatopsias.

3.1.7.Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los Inspectores Médicos, dificulten de manera importante la agudeza visual.

3.2.Oído y audición:

Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 a 3.000 hertzios a 35 decibelios, o de 4.000 hertzios a 45 decibelios.

3.3.Otras exclusiones:

3.3.1.Aparato locomotor: Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función policial, o que puedan agravarse, a juicio de los Inspectores Médicos, con el desempeño del puesto de trabajo (Patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defectos de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares).

3.3.2.Aparato digestivo: Ulcera gastro-duodenal y cualquier otro proceso digestivo que, a juicio de los Inspectores Médicos, dificulte el desempeño del puesto de trabajo.

3.3.3.Aparato cardio-vascular: Hipertensión arterial de cualquier causa, no debiendo sobrepasar las cifras en reposo los 145 mm/hg en presión sistólica, y los 90 mm/hg en presión diastólica; varices o insuficiencia periférica, así como cualquier otra patología o lesión cardiovascular que, a juicio de los Inspectores Médicos, puedan limitar el desempeño del puesto de trabajo.

3.3.4.Aparato respiratorio: El asma bronquial crónica obstructiva, el neumotórax espontáneo (en más de una ocasión), la tuberculosis pulmonar activa y otros procesos del aparato respiratorio que dificulten el desarrollo de la función policial.

3.3.5.Sistema nervioso: Epilepsia, depresión, jaquecas, temblor de cualquier causa, alcoholismo, toxicomanías y otros procesos patológicos que dificulten el desarrollo de la función policial.

3.3.6.Piel y faneras: Psoriasis, eczema, cicatrices que produzcan limitaciones funcionales y otros procesos patológicos que dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.

3.3.7.Otros procesos patológicos: Diabetes, enfermedades transmisibles en actividad, enfermedades de transmisión sexual, enfermedades inmunológicas sistémicas, intoxicaciones crónicas, hemopatías graves, malformaciones congénitas, psicosis y cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los Inspectores Médicos, limiten o incapacite para el ejercicio de la función policial.

Estas exclusiones médicas se garantizarán con las pruebas complementarias de diagnóstico (estudio radiográfico, analítico de sangre y de orina...).

ANEXO II

PRUEBAS FISICAS QUE REGIRAN PARA EL ACCESO A LA CATEGORIA DE SUBOFICIAL

Estos ejercicios se realizarán por el mismo orden en el que se relacionan y cada uno es eliminatorio para pasar al siguiente.

Carrera de velocidad (60 metros).

El aspirante se colocará en el lugar que se le indique, pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin tacos ni clavos en las zapatillas. Dos intentos.

Carrera de resistencia (1.000 metros).

El aspirante se colocará en la pista en el lugar indicado. No se admitirán clavos en las zapatillas. Dos intentos.

Salto de longitud con los pies juntos.

El aspirante se colocará entre la raya de un metro de larga y 0,05 metros de ancha marcada en el suelo paralela al foso de saltos y a una distancia de

0,5 metros del borde anterior del mismo.

Cuando esté dispuesto el aspirante flexionará y extenderá rígidamente el tren inferior para, apoyando los dos pies en el suelo, proyectar el cuerpo hacia delante y caer en el foso.

Puede realizar dos intentos contabilizándose el mejor. El salto debe realizarse con un solo impulso de los pies, estimándose nulo aquel en el que una vez separados los pies del suelo, vuelvan a apoyarse de nuevo para la impulsión definitiva.

Será nulo el salto que se produce por el apoyo alternativo y no simultáneo de los dos pies sobre el suelo.

Lanzamiento de balón medicinal (5 Kgs.).

El aspirante se colocará con los pies separados y simétricos, sosteniendo el balón con ambas manos por encima y detrás de la cabeza. Lanzará el balón con fuerza por encima de la cabeza de forma que caiga dentro del sector de lanzamiento. Contará con dos intentos. Invalidaciones:

-Levantar los pies del suelo en su totalidad.

-Que el balón no caiga dentro de la zona de lanzamiento.

MARCAS HOMBRES

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

ANEXOIII

PRUEBAS PSICOTECNICAS

El examen psicotécnico constará en todo caso de pruebas que evalúen los factores que a continuación se indican:

Intelectuales: Nivel Intelectual con un cociente de inteligencia superior a la media española.

Aptitudes específicas: Comprensión y fluidez verbal, razonamiento verbal y espacial y memoria. Actitudes que requieren una puntuación media. Característica de personalidad. Ausencia de patología. Madurez y estabilidad emocional, motivación personal y social, sociabilidad y flexibilidad. La puntuación requerida será la media, excepto en madurez y estabilidad emocional que deberá ser media-alta.

Para las categorías de mando se requerirá una puntuación superior en las anteriores pruebas y se evaluarán rasgos psicológicos inherentes a las funciones a desempeñar: capacidad de mando, independencia, capacidad de decisión, sentido de la organización y sentido de la responsabilidad. Las puntuaciones en estos factores serán superiores a la media. Cualquier interpretación de los resultados ha de ir acompañada de una entrevista que apoye las calificaciones obtenidas.

Se entiende por media y media alta las de la población general de nuestro país.

ANEXOIV

PRUEBAS CULTURALES

1.El Estado. Concepto. Elementos. La división de poderes. Funciones. Organización del Estado español.

2.Constitución. Concepto y clases. El poder constituyente. Breve historia del constitucionalismo español.

3.Los derechos y deberes de la persona en la Constitución de 1978. Garantía y suspensión de los mismos.

4.La Corona. Las Cortes Generales. Estructura y competencias. Procedimiento de elaboración de las leyes.

5.Formas de gobierno. El Gobierno y la Administración. Relaciones Gobierno-Cortes Generales. Funciones del Gobierno.

6.El Poder Judicial. Principios constitucionales. Estructura y organización del sistema judicial español.

7.Organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas.

8.El Tribunal constitucional. El Defensor del pueblo. La reforma de la Constitución española.

9.El Estatuto de Autonomía de Andalucía. Estructura y disposiciones generales. Instituciones: Parlamento, Presidente y Tribunal Superior de Justicia. Competencias. Reforma. Relaciones de la Junta de Andalucía con la Administración Central y con otras Comunidades Autónomas.

10.El Derecho Administrativo. Fuentes y Jerarquía de las normas.

11.El Procedimiento Administrativo. El acto administrativo. Concepto. Elementos y clases.

12.Los recursos administrativos. Principios generales. Clase.

13.El Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Tipos de Entidades locales.

14.El Municipio. Concepto y elementos. Competencias Municipales.

15.La organización y funcionamiento del Municipio. El Pleno. El Alcalde. La Comisión de Gobierno. Otros órganos Municipales.

16.Bienes. Actividades y servicios públicos en la esfera local.

17.Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Clases y procedimientos de elaboración y aprobación.

18.La Licencia Municipal. Tipos. Actividades sometidas a licencia. Tramitación.

19.Función pública local. Su organización. Adsquisición y pérdida de la condición de funcionario.

20.Derechos, Deberes e Incompatibilidades de los funcionarios. Situaciones Administrativas.

21.La Ley Orgánica 2/86 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Disposiciones Generales. Principios Básicos de actuación. Disposiciones estatutarias comunes. Régimen disciplinario.

22.La Ley Orgánica 2/86 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Funciones de la Policía Local.

23.La Ley 1/89 de Coordinación de las policías locales de Andalucía y normas de desarrollo.

24.La Policía Local como Instituto armado de naturaleza civil. Legislación aplicable sobre armamento. El uso de armas de fuego.

25.La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa. Consumo. Abastos. Mercados. Venta ambulante. Espectáculos y Establecimientos públicos.

26.La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa: Urbanismo, Infracciones y sanciones. Actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas. Disposiciones y actuación.

27.La actividad de la Policía Local en materia de protección civil. Organización de la protección civil municipal. Participación ciudadana.

28.Concepto y contenido del Derecho Penal. Principios que lo informan. Principio de legalidad. Principio de irretroactividad y sus excepciones.

29.Delitos y Faltas. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.

30.Personas responsables: Autores, Cómplices y Encubridores. Grados de ejecución del delito.

31.Delitos cometidos con ocasión del ejercicio de los derechos de la persona reconocidos por las leyes. Delitos cometidos por particulares y por funcionarios públicos.

32.Delitos de los funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos.

33.Delitos contra la Autoridad y sus Agentes.

34.Delitos contra las personas.

35.Delitos contra la propiedad.

36.Delitos contra la salud pública. Delitos contra el Medio Ambiente.

37.Delitos contra la Seguridad del Tráfico. Faltas cometidas con ocasión de la circulación de vehículos a motor.

38.Faltas contra las personas y contra la propiedad.

39.La Policía Local como Policía Judicial. Legislación y funciones.

40.El Atestado policial en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Concepto y estructura.

41.Entrada y registro en lugar cerrado. Control de correspondencia privada, apertura y examen. Intervenciones telefónicas, legalidad y técnicas. Uso de la información obtenida por estos medios.

42.La Detención. Sujeto activo y pasivo. Supuestos especiales de detención. La Ley Orgánica 6/84 de Habeas Corpus.

43.La Ley de Seguridad Vial y Reglamento de Circulación. Estructura y conceptos generales.

44.Normas Generales de Circulación: Velocidad, sentido, cambios de dirección, adelantamientos. Obstáculos. Parada y estacionamiento. Transportes de materias que requieren precauciones especiales.

45.Circulación de peatones. Circulación urbana. Conductores. Marcha atrás. Trabajos eventuales. Instalaciones en la vía pública. Circulación de bicicletas y ciclomotores.

46.Señales de circulación. Clasificación y orden de preeminencia.

47.Licencia de conducción: Sus clases, intervención, suspensión y revocación.

48.Transporte de mercancías peligrosas por carretera. Normativa legal. Intervención en caso de accidente.

49.La Inspección Técnica de Vehículos. Transporte escolar: normativa vigente. El Tacógrafo: Definición y uso.

50.Procedimiento sancionador por infracciones a la normativa de circulación. Actuaciones complementarias. Inmovilización y retirada de vehículos de la vía pública.

51.Accidentes de circulación: Definición, tipos y actuaciones de la Policía Local.

52.Alcoholemia. Datos. Su consideración según la normativa vigente. Doctrina constitucional. Procedimiento de averiguación del grado de impregnación alcohólica.

53.Toxicomanías. Clasificación de las drogas. Legislación aplicable.

54.El delincuente. Características básicas de la personalidad del delincuente. Factores que influyen en su formación. Su esfera social. Proceso de desocialización.

55.Delincuencia juvenil. Legislación aplicable. Perspectiva penal. Mendicidad infantil.

56.Sociología de la ciudad. El sentido de la ciudad. Estructuras de la ciudad. El barrio. El suburbio. El fenómeno de la urbanización. Relaciones de vecindad. Población y grupo social. La sociedad de masas. Características.

57.La seguridad individual y la seguridad colectiva. Necesidad de la seguridad en la sociedad. Inadaptación, marginalidad y delincuencia.

58.Técnicas de dirección de personal: concepto, funciones y responsabilidad. La orden.

59.Técnicas de dirección de personal: Planificación, organización, distribución, ejecución y control de trabajo policial. Reuniones de grupo.

60.Técnicas de dirección de personal: Obligaciones de la dirección en relación con la información, reciclaje y perfeccionamiento profesional de los miembros de su equipo.

61.La Policía en la sociedad democrática. El mandato constitucional. Valores que propugna la sociedad democrática. La dignidad de la persona. Sentido ético de la prevención y la represión.

62.Responsabilidad en el ejercicio profesional. Principio de jerarquía y subordinación. Relaciones interpersonales. Integridad e imparcialidad. Consideración ética de la dirección personal.

63.Deontología profesional. Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la Ley. Declaración del Consejo de Europa sobre la Policía. Principios básicos de actuación policial.

ANEXO I

CUADRO DE EXCLUSIONES MEDICAS QUE REGIRA PARA EL INGRESO EN LOS CUERPOS DE LA POLICIA LOCAL DE ANDALUCIA

1.Talla.

Estatura mínima 1,70 metros los hombres; 1,65 metros las mujeres.

2.Obesidad-Delgadez.

Obesidad o delgadez manifiestas que dificulten o incapaciten para el ejercicio de las funciones propias del cargo.

3.Exclusiones definitivas.

3.1.Ojo y visión:

3.1.1.Agudeza visual sin corrección inferior a los dos tercios de la visión normal en ambos ojos.

3.1.2.Queratotomía radial.

3.1.3.Desprendimiento de retina.

3.1.4.Estrabismo.

3.1.5.Hemianopsias.

3.1.6.Discromatopsias.

3.1.7.Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los Inspectores Médicos, dificulten de manera importante la agudeza visual.

3.2.Oído y audición:

Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 a 3.000 hertzios a 35 decibelios, o de 4.000 hertzios a 45 decibelios.

3.3.Otras exclusiones:

3.3.1.Aparato locomotor: Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función policial, o que puedan agravarse, a juicio de los Inspectores Médicos, con el desempeño del puesto de trabajo (Patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defectos de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares).

3.3.2.Aparato digestivo: Ulcera gastro-duodenal y cualquier otro proceso digestivo que, a juicio de los Inspectores Médicos, dificulte el desempeño del puesto de trabajo.

3.3.3.Aparato cardio-vascular: Hipertensión arterial de cualquier causa, no debiendo sobrepasar las cifras en reposo los 145 mm/hg en presión sistólica, y los 90 mm/hg en presión diastólica; varices o insuficiencia venosa periférica, así como cualquier otra patología o lesión cardiovascular que, a juicio de los Inspectores Médicos, puedan limitar el desempeño del puesto de trabajo.

3.3.4.Aparato respiratorio: El asma bronquial, bronquiopatía crónica obstructiva, el neumotórax espontáneo (en más de una ocasión), la tuberculosis pulmonar activa y otros procesos del aparato respiratorio que dificulten el desarrollo de la función policial.

3.3.5.Sistema nervioso: Epilepsia, depresión, jaquecas, temblor de cualquier causa, alcoholismo, toxicomanías y otros procesos patológicos que dificulten el desarrollo de la función policial.

3.3.6.Piel y faneras: Psoriasis, eczema, cicatrices que produzca limitación funcional y otros procesos patológicos que dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.

3.3.7.Otros procesos patológicos: Diabetes, enfermedades transmisibles en actividad, enfermedades de transmisión sexual, enfermedades inmunológicas sistémicas, intoxicaciones crónicas, hemopatías graves, malformaciones congénitas, psicosis y cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los Inspectores Médicos, limiten o incapacite para el ejercicio de la función policial.

Estas exclusiones médicas se garantizarán con las pruebas complementarias de diagnóstico (estudio radiográfico, analítico de sangre y orina...).

ANEXO II

Estos ejercicios se realizarán por el orden en que están relacionados y cada uno es eliminatorio para pasar a realizar el siguiente.

1. Fuerza flexora (hombres):

Desde la posición de suspensión pura con palmas al frente, brazos totalmente extendidos, se realizarán flexiones de manera que la barbilla asome por encima de la barra y extendiendo totalmente los brazos sin que se permita el balanceo del cuerpo o ayuda con movimiento de piernas.

Dos intentos.

Los aspirantes que no consigan realizar un mínimo de 8 flexiones, quedarán eliminados.

Fuerza flexora (mujeres):

El ejercicio consiste en quedar, el mayor tiempo posible, en la posición de brazos flexionados, presa con las palmas de las manos hacia atrás, piernas completamente extendidas y pies sin tocar el suelo, barbilla situada por encima de la barra y sin tener contacto con ella.

Dos intentos.

Las aspirantes que no consigan mantenerse en la posición descrita anteriormente un mínimo de 30 segundos, quedarán eliminadas.

2. Salto vertical (hombres y mujeres):

Desde la posición inicial de lado junto a una pared vertical, y con un brazo totalmente extendido hacia arriba, el aspirante marca la altura que alcanza en esta posición. Separado 20 cms. de la pared vertical, salta tanto como pueda y marca nuevamente con los dedos el nivel alcanzado. Se acredita la distancia existente entre la marca hecha desde la posición inicial y la conseguida con el salto.

Dos intentos.

Los aspirantes que no consigan alcanzar el mínimo exigido, 45 centímetros para los hombres y 35 centímetros para las mujeres, en los intentos de que disponen, serán eliminados.

3.Salto de longitud:

Se tomará la carrera necesaria y se batirá con un solo pie, según el Reglamento de Atletismo.

Dos intentos.

Los aspirantes que no consigan superar las mínimas exigidas, 4 metros para los varones y 3,50 para las mujeres, serán eliminados.

4.Salto de altura:

1,30 metros para los varones y 1,15 metros para las mujeres, batiendo con un solo pie, según el Reglamento de Atletismo.

Dos intentos.

Los aspirantes que no consigan superar la altura mínima exigida en alguno de los intentos de que disponen, serán eliminados.

5.Carrera de velocidad (60 metros):

El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin tacos.

Dos intentos.

Marcas mínimas: 9``00 para los hombres y 10``00 para las mujeres. Los aspirantes que no consigan estos tiempos mínimos exigidos serán eliminados.

6.Carrera de resistencia sobre 2.000 metros:

El aspirante se colocará en la pista en el lugar indicado. Dos intentos.

Marcas mínimas 8`00 minutos para hombres y 9`00 minutos para mujeres. Los aspirantes que no consigan estos tiempos mínimos exigidos serán eliminados.

ANEXOIII

PRUEBAS PSICOTECNICAS

El examen Psicotécnico constará en todo caso de pruebas que evalúen los factores que a continuación se indican:

Intelectuales: Nivel intelectual con un cociente de inteligencia general superior a la media de la población española.

Aptitudes específicas: Comprensión y fluidez verbal, razonamiento verbal y espacial y memoria. Atributos que requieren una puntuación media-alta. Característica de personalidad: Ausencia de patología. Madurez y estabilidad emocional, motivación personal y social, sociabilidad y flexibilidad. La puntuación requerida es la media, excepto en madurez y estabilidad emocional que deberá ser media-alta.

Para las escalas de mando se requerirá una puntuación superior en las anteriores pruebas y se evaluarán rasgos psicológicos inherentes a las funciones a desempeñar:

-Capacidad de mando.

-Independencia.

-Capacidad de decisión.

-Sentido de organización.

-Sentido de responsabilidad.

Para conseguir la calificación de apto la puntuación obtenida por el aspirante habrá de ser superior a la media nacional.

Cualquier interpretación de los resultados ha de ir acompañada de una entrevista que apoye las calificaciones obtenidas.

ANEXO IV

1. La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo.

2. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión y Regencia. El refrendo. Las Cortes Generales. Composición, atribuciones y funcionamiento. El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial.

3. Tipología de los entes públicos: las Administraciones del Estado, Autónoma, Local e Institucional.

4. Las Comunidades Autónomas: constitución y competencia. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: estructura y disposiciones generales.

5. Idea general de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

6. El Parlamento de Andalucía. El Presidente de la Junta de Andalucía y el Consejo de Gobierno. El Tribunal Superior de Justicia.

7. Relaciones de la Junta de Andalucía con la Administración del Estado y con otras Comunidades Autónomas, la reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

8. El Derecho Administrativo y sus fuentes. La Ley y el Reglamento.

9. Los actos administrativos: concepto y clases. Motiviación y notificación. Eficacia y validez de los actos.

10. Los recursos administrativos: concepto y clases.

11. La organización territorial del Estado: la provincia y el municipio.

12. La Administración Local: autonomía de los entes locales, principios constitucionales de la Administración Local.

13. Organización y funcionamiento de la Administración Local: El Alcalde. Los Tenientes de Alcalde. El Pleno. La Comisión de Gobierno. Organos complementarios.

14. Potestades de la Administración Local. Potestad normativa, Reglamentos, Ordenanzas, Bandos. Competencias de los entes locales: materias en las que pueden asumir competencias. Servicios mínimos obligatorios. Competencias delegadas.

15. La función pública local: Concepto. Clases. Adquisición y pérdida de la condición de funcionarios. Especial referencia a los policías locales. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios públicos locales.

16. La actividad de los Policías Locales. Funciones según la Ley Orgánica

2/86, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Ley 1/89 de Coordinación de las Policías.

17. El Código de Circulación. Ley de Seguridad Vial. Normas generales de circulación. Transportes de mercancías que requieren precauciones especiales.

18. Vida en sociedad. Personalidad y socialización. Status. Rol.

19. La ciudad. El suburbio. El fenómeno de la urbanización. Población y grupo social.

20. La sociedad de masas. Características.

21. Características poblacionales, urbanas y rurales del municipio. Centros y establecimientos de interés policial.

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