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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo y Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 23 de mayo de 1994, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 2043/92, promovido por Cortefiel, S.A. sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Estima la causa de inadmisibilidad aducida por el Sr. Letrado del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía y declara inadmisible por extemporáneo el recurso contencioso administrativo interpuesto por el Procurador D. Aurelio del Castillo Amaro en la representación acreditada de la empresa Cortefiel, S.A., contra la Resolución de 12 de junio de 1992, de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, de la Consejería de Trabajo de la Junta de Andalucía, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra otra de fecha 27 de enero del mismo año de la Delegación Provincial de la citada Consejería, en Granada, que había impuesto a la recurrente sanción de cien mil pesetas por infracción laboral; sin expresa imposición de costas.
Sevilla, 14 de septiembre de 1994.-El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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