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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo y Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 21 de febrero de 1994, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 970/92, promovido por Telefónica de España, S.A. sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Estimar el Recurso Contencioso Administrativo que la Procuradora Dª Estrella Martín Ceres, en nombre y representación de Telefónica Española, S.A. interpuso el 18 de mayo de 1992 contra la resolución dictada por el Ilmo. Sr. Director General de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía de 9 de marzo de 1992 confirmatoria en alzada de la resolución de la Delegación Provincial de Jaén de la Consejería de Trabajo de la Junta de Andalucía de 6 de agosto de 1991, Expediente 212/91 por la que se confirmaba la propuesta de sanción contenida en el acta de infracción número 56/91 de
23 de marzo de 1991 por la que se solicitaba la sanción de 800.000 pesetas, luego reducida a 100.000 ptas. en la alzada, por infracción de los artículos
4.2ª) y 23.4 del Estatuto de los Trabajadores, Ley 8/80 de 10 de marzo, cuya nulidad declaramos por no ser conformes a Derecho. Sin expresa condena en costas.
Sevilla, 16 de septiembre de 1994.-El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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