Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 177 de 8/11/1994

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Consejería de Gobernación

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Sevilla, por el que se notifica Resolución de extinción de autorizaciones de explotación de máquinas recreativas con premio de la Empresa Operadora Guanche, 3000, SL. (EJA 001357).

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Visto el expediente originado por el presunto impago de tasas fiscales sobre el juego de determinadas autorizaciones de explotación de máquinas recreativas tipo «B« perteneciente a la Empresa operadora Guanche 3000, S.L. (EJA 001357) y,

Resultando: Que con fecha 18 de febrero de 1994, por la Delegación Provincial de Economía y Hacienda se comunica a este Centro el impago del 4º trimestre de 1992 de la tasa fiscal sobre el juego, una vez denegada por la Dirección General de Tributos e Inspección Tributaria en fecha 1 de diciembre de 1992, la petición de fraccionamiento de pago, sobre diferentes permisos de explotación de la entidad referida, más adelante citados. Resultando: Que por tal motivo, con fecha 8 de marzo de 1994 se concede a la empresa Guanche 3000, S.L., trámite de Audiencia para que en el plazo de diez días entregase las fehacientes documentaciones que acreditan el pago de sus obligaciones fiscales.

Que la referida audiencia hubo de ser notificada mediante su publicación en el BOJA núm. 76 de 26 de mayo y su fijación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera desde el día 20 de mayo al 4 de junio de 1994, al hallarse en paradero desconocido la entidad aquí cuestionada. Considerando: Que el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 181/87, de 29 de julio, establece en sus artículos 23.1), 23.2), 23.3), 24 y 26.1) que las autorizaciones de explotación serán otorgadas por el Delegado de Gobernación, siendo requisito indispensable para su otorgamiento y vigencia, acreditar el pago de las tasas fiscales sobre el juego. Considerando: Que el artículo 29.1.d) del citado Reglamento dispone que se extinguirá la autorización de explotación y cesará en consecuencia la explotación de la máquina, por impago de la tasa fiscal sobre el juego, que se comunicará por el Delegado de la Consejería de Hacienda al Delegado de Gobernación, establecido en el apartado 2 de este mismo artículo que, extinguida la autorización, la Empresa Operadora titular hará entrega de la Guía de Circulación, Matrícula y Placa de Identidad de la máquina, procediéndose a la inutilización de los documentos y pudiéndose ordenar el precinto y comiso de la máquina cuya autorización se declare extinta. Considerando: Que conforme al Real Decreto 1710/84, de 18 de julio, la competencia para resolver en materia de casinos, juegos y apuestas, ha sido transferida a la Comunidad Autónoma de Andalucía, la cual la ha asignado a la Consejería de Gobernación por Decreto 269/84, de 16 de octubre, y que, en virtud de lo que establece el Reglamento antes citado, corresponde al Delegado de Gobernación la Competencia para conocer sobre el presente expediente.

Vistos los textos legales citados, la Ley 2/86, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y la Ley 30/92, de 26 de noviembre del Procedimiento Administrativo Común, y demás de general y pertinente aplicación, esta Delegación de Gobernación,

HA RESUELTO

1ºDecretar extinguidas las autorizaciones de explotación de máquinas recreativas tipo «B« pertenecientes a la empresa operadora Guanche 3000, S.L. siguientes:

SE008347 SE008331 SE008333

SE008343 SE008342 SE001329

SE008336 SE008334 SE001331

SE008345 SE008627 SE001330

SE008340 SE008348 SE001325

SE008354 SE008339 SE001324

SE008328 SE008344 SE001323

SE008325 SE008338 SE001278

SE008335 SE008326 SE001277

SE008329 SE008346 SE008341

SE008337 SE008349 SE009124

SE009123

2º Ordenar a la referida empresa operadora que haga entrega en este Centro en el plazo de diez días, de las documentaciones que posea de las autorizaciones de explotación extinguidas.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso ordinario en el plazo de un mes conforme a lo estipulado en los artículos 114 y siguientes de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 3 de octubre de 1994.-El Delegado, José Antonio Viera Chacón.

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