Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 178 de 9/11/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Medio Ambiente

RESOLUCION de 6 de julio de 1994, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se incoa expediente para la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz del Edificio de la Tercia, en Baena, Córdoba.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

I. La Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, desarrolla una serie de mecanismos jurídico-administrativos y de conocimiento, cuyo objetivo es facilitar, esencialmente, la labor tutelar de la Administración de la Comunidad Autónoma sobre el Patrimonio Histórico de Andalucía.

Desde esta perspectiva y con el fin de lograr una protección individualizada de los bienes que constituyen este Patrimonio, la citada Ley crea el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, la consulta y divulgación del mismo.

La formación y conservación del Catálogo queda atribuida a la Consejería de Cultura y Medio Ambiente, a la que compete la redacción y custodia de la documentación correspondiente a los muebles, inmuebles y manifestaciones o actividades culturales que constituyen el Patrimonio Histórico Andaluz.

II. Por parte del Servicio de Protección del Patrimonio Histórico se propone la inscripción en dicho Catálogo General del Edificio de la Tercia, en Baena, Córdoba.

El edificio, se construyó a fines del sigloXVIII, con la finalidad de almacenar productos agrarios ligados al sistema de tributos eclesiásticos. Aunque la Iglesia fue la principal beneficiaria de los diezmos, parte de los mismos quedó en manos de la corona y la nobleza. Por su composición, el inmueble se encuadra dentro del denominado «tipo de retícula«, caracterizado por presentar una retícula de bóvedas alrededor de un patio central.

El edificio de la Tercia de Baena es un buen ejemplo de esta tipología arquitectónica en extinción, tanto por sus valores históricos como arquitectónicos.

Vista la propuesta del Servicio, y de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1 y 2, de la Ley 1/91, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía.

Esta Dirección General, ha resuelto:

1º Incoar el procedimiento para la inscripción con carácter genérico en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, a favor del Edificio de la Tercia, en Baena, Córdoba, cuya identificación y descripción figuran como anexo a la presente disposición.

2º Proceder de acuerdo con el artículo 9.4 de la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía a la anotación preventiva de dicho inmueble en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz. De acuerdo con lo establecido en el art. 8.3 esta anotación preventiva determina la aplicación provisional del régimen de protección correspondiente a la inscripción genérica.

3º Hacer saber a los propietarios, titulares de derechos o simples poseedores del bien que tienen el deber de conservarlo, mantenerlo y custodiarlo de manera que se garantice la salvaguarda de sus valores. Asimismo, deberán permitir su inspección por las personas y órganos competentes de la Junta de Andalucía, así como su estudio por los investigadores acreditados por la misma.

4º Continuar la tramitación del expediente de acuerdo con las disposiciones en vigor.

Sevilla, 6 de julio de 1994.-El Director, Lorenzo Pérez del Campo.

ANEXO QUE SE CITA

Identificación.

Denominación: Edificio de la Tercia.

Localidad: Baena (Córdoba).

Ubicación: Fray Domingo de Henares, 5.

Epoca: 1792-1795.

Autor: Desconocido.

Estilo: Barroco.

Descripción.

El inmueble se compone de tres partes: el edificio principal, la bodega del aceite y una construcción que pudo servir de pósito. El primero de ellos sirvió de almacén de grano y semillas. Se organiza sobre planta rectangular y tres alturas, en torno a un patio con tres alas en forma de «U« (al E, N y O), de dos crujías de anchura; en el lado sur aparece una sola crujía, en la cual sólo se han edificado por el desnivel del terreno, dos plantas. El cuerpo bajo del patio se encuentra modulado en sus tres alas principales por bóvedas de arista.

El acceso directo al patio ocupa dos módulos, en uno de los cuales aparece una escalera de dos idas por planta. En planta baja, el patio presenta galería porticada en los tres lados principales. En primera planta se repite el mismo esquema, pero con pilastras y arcos unidireccionales, salvo en los encuentros. La galería, que presenta techo plano de viga, se apoya en pilares de planta cuadrada y arcos de medio punto y pretil ciego. La segunda planta incorpora al esquema el espacio de la crujía sur con su parte de galería; posee armadura de cubierta con pares a la molinera con tornapuntas. La galería apoya sobre pies derechos de hierro con zapatas de madera que arrancan de un pretil ciego de obra.

La bodega del aceite se localiza en el lateral derecho y fondo del cuerpo principal. En su parte baja, tres crujías sobre arcos con pilastras conservan aún las tinajas de barro enterradas.

A la derecha de las anteriores construcciones, se dispone otra con tres plantas. Esta edificación presenta en la actualidad un mal estado de conservación.

En el exterior de todo este conjunto de edificaciones destaca la fachada principal, compuesta por un zócalo de piedra y portada de dintel dovelado; a ambos lados del vano aparece una pareja de pilastras, que soporta un entablamento coronado por frontón partido con hornacina central. En los laterales de dicha portada se sitúan dos ventanas voladas con guardapolvos y una ventanilla extrema.

En el segundo y tercer cuerpo de dicha fachada se abren siete ventanas pequeñas. Todo el conjunto queda rematado, como es común en las tercias cordobesas, con una moldura de gola que corre bajo el alero.

Descargar PDF