Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 183 de 17/11/1994

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Otros. DIPUTACION PROVINCIAL DE GRANADA

ANUNCIO de bases Analista Programador Tipo I OPE 94.

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OPOSICION CON PROMOCION INTERNA

El Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Granada, en sesión celebrada el día 15 de julio de 1994, ha aprobado las bases que han de regir la convocatoria para la provisión en propiedad de dos plazas de personal laboral fijo, Analista Programador (Tipo I), mediante el sistema de Oposición con promoción interna.

BASES

1.Naturaleza y características de las plazas a cubrir y sistema selectivo elegido.

1.1.El objeto de la presente convocatoria es la provisión en propiedad mediante el sistema de oposición con promoción interna, de dos plazas de Analista-Programador (Tipo I) personal laboral fijo, asimilada en cuanto a categoría al grupo B, recogidas ambas en el anexo IV del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Excma. Diputación Provincial de Granada 91-93 y en el art. 25 de la Ley 30/84 de 2 de agosto de Medidas para la Reforma de la Función Pública, respectivamente.

1.2.A la presente Oposición le será de aplicación lo previsto en el anexo IV del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Excma. Diputación Provincial de Granada 91-93 y las bases de la presente convocatoria.

1.3.Las plazas ofertadas se cubrirán por promoción interna, de acuerdo con lo establecido en el punto 3 de anexo IV del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Excma. Diputación Provincial de Granada 91-93, a cubrir entre personal laboral fijo del grupo 6 categoría Analista-Programador tipo II de esta Corporación Local, que reúnan los requisitos exigidos en la base 3ª de la convocatoria y superen las pruebas contenidas en la base6ª

2.Condiciones y requisitos que deben reunir o cumplir los aspirantes.

2.1.Para ser admitido a la realización de las presentes pruebas selectivas para el acceso a las plazas convocadas, los aspirantes deben reunir los siguientes requisitos:

a)Ser español.

b)Tener cumplidos 18 de años de edad y no exceder de aquélla en que falten al menos 10 años para la jubilación forzosa por edad. El exceso del límite máximo de edad señalado podrá compensarse con los servicios prestados anteriormente en la Administración Local, cualquiera que sea la naturaleza de dichos servicios.

c)No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de la función.

d)No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

2.2.Los aspirantes deberán reunir además los siguientes requisitos:

a)Ser personal laboral fijo.

b)Pertenecer al grupo 6, categoría Analista-Programador tipo II de la Excma. Diputación Provincial de Granada.

3.Instancias y documentos a presentar.

3.1.Los aspirantes presentarán instancia ajustada al modelo que se publica en el Anexo II de la presente convocatoria en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial, sita en Avda. del Sur, 3, Complejo Administrativo "La Caleta", de lunes a viernes de 9 a 14 horas y sábados de

9 a 13 horas, donde será debidamente registrada. El plazo de presentación es de 20 días naturales a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

3.2.La citada instancia deberá dirigirse al Excmo. Sr. Presidente de la Corporación bastando que el aspirante manifieste que reúne las condiciones exigidas en la Base 2ª de la presente convocatoria, referida a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, y acompañando a la instancia una fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

3.3.También podrán presentarse las instancias en la forma que determina el art. 38.4 de la Ley 30//92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.4.Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

3.5.En cumplimiento del Convenio Colectivo del Personal Laboral vigente, estará exento de pagar derechos de examen el personal laboral fijo de la Excma. Diputación Provincial de Granada que accedan por promoción interna.

3.6.Los aspirantes deberán adjuntar a la instancia además, certificado expedido por el Secretario de la Corporación acreditativa del cumplimiento de los requisitos a que hace referencia el apartado 2.2 de la Base 2ª de la Convocatoria.

4.Adimisión de aspirantes.

4.1.Expirado el plazo de presentación de instancias el Excmo. Sr. Presidente de la Corporación dictará Resolución a propuesta del Tribunal seleccionador declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos, publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia y exponiéndose además en el Tablón de Anuncios de la Corporación.

4.2.En dicha resolución se indicará el plazo de subsanación de defectos, que en los términos del art. 71 de la Ley 30/92 se concede a los aspirantes excluidos y se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo de los ejercicios.

La publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.

5.Tribunal.

5.1.El Tribunal Calificador, que tendrá la categoría segunda de las recogidas en el art. 33.1 del R.D. 236/88 de 4 de marzo sobre indemnizaciones por razón del servicio, está integrado por los siguientes miembros:

Presidente: D. Francisco Linares Martín, Diputado-Delegado del Area de Servicios Generales como titular y D. Miguel Angel Muñoz García, Diputado-Delegado del Area Económica como suplente.

Vocales:1.En representación de la Junta de Andalucía D. Jaime Fernández Ortega como titular y D. Juan Carlos Sánchez Lozano como suplente.

2.En representación de la Excma. Diputación Provincial de Granada Dª Carmen Hernández Muñón como titular y D. José Hernández Robles como suplente.

3.En representación del profesorado D. Jesús Fernández Montes como titular y D. José Luis Cortés como suplente.

4.En representación de la Junta de Personal D. Francisco Lafuente García como titular y D. Antonio Miranda Pinilla como suplente.

5.Como asesor especialista del Centro Proceso de Datos D. Juan I. Sáez de Adana.

Secretario: D. José Antonio Rosado Arroyal como titular y Dª Begoña Alvarez Civantos como suplente.

5.2.Le corresponde al tribunal el desarrollo y calificación de las pruebas selectivas a que hace referencia la base 6 de la presente convocatoria.

5.3.El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente, Secretario y de la mitad al menos, los vocales, pudiendo acudir indistintamente a cada sesión que se produzca el titular o bien su suplente.

5.4.El tribunal podrá disponer la incorporación a las sesiones de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el órgano de selección, actuando por tanto con voz pero sin voto.

5.5.Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran alguna de las circunstancias previstas en el art. 28 de la ley 30/92 o se hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a la función pública en los 5 años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

5.6.Podrá cualquier interesado promover recusación en cualquier momento del proceso selectivo cuando concurran las anteriores circunstancias.

5.7.Los miembros del tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados.

5.8.El Presidente del tribunal podrá exigir a los miembros del mismo declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias anteriormente previstas, sin perjuicio de que de oficio deba el afectado notificarlo al organismo al que representa.

5.9.Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltos por el tribunal sin apelación alguna.

6.Procedimiento de selección.

6.1.La realización del primer ejercicio de la oposición se llevará a efecto en la fecha que indique la Resolución de la Presidencia a la que hace referencia la base 4ª de la presente convocatoria, en la que se expresará también lugar y hora de realización del mismo.

6.2.La fecha, lugar y hora de realización del segundo ejercicio se anunciará con una antelación mínima de 48 horas en el tablón correspondiente ubicado en el local donde se haya celebrado el ejercicio anterior.

6.3.La actuación de los opositores se iniciará por orden alfabético a partir del primero de la letra "Ch", de conformidad con el sorteo público celebrado el día 30 de junio de 1994 previo anuncio publicado en el B.O.E. núm. 149 de fecha 23 de junio de 1994.

6.4.Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el tribunal.

6.5.En cualquier momento el tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.

6.6.Los candidatos deberán acudir provistos del D.N.I., pasaporte o carnet de conducir.

6.7. El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, que constará de los siguientes ejercicios, todos eliminatorios:

a) Primer ejercicio.

De carácter obligatorio para todos los aspirantes y consistirá en realizar por escrito, durante un período máximo de tres horas, dos temas, determinados por el Tribunal, inmediatamente antes de comenzar el ejercicio, uno relacionado con uno o varios de los temas incluidos en el bloque I y otro relacionado con uno o varios de los temas incluidos en el bloque II del AnexoI, siendo leídos obligatoriamente y con posterioridad por los candidatos en sesión pública salvo caso de fuerza mayor, previa justificación en cuyo caso será leído por el tribunal.

Concluida la lectura de los temas, el tribunal podrá dialogar con el aspirante sobre materias objeto de las mismas y pedirle cualquier otra explicación complementaria.

El diálogo podrá tener una duración máxima de 15 minutos.

b) Segundo ejercicio.

De carácter igualmente obligatorio, se desarrollará por escrito, durante un período máximo de cuatro horas y consistirá en la resolución de dos supuestos prácticos fijados por el tribunal inmediatamente antes del comienzo de los ejercicios sobre materias objeto de la plaza que se convoca.

6.8. Los ejercicios se calificarán en la forma siguiente:

a) Primer ejercicio: se calificará hasta un máximo de 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo.

b) Segundo ejercicio: se calificará hasta un máximo de 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo.

6.9. El cómputo de la puntuación de cada ejercicio se hará mediante la media aritmética de las notas dadas por los miembros del Tribunal, desechándose la nota más alta y más baja.

6.10. La calificación final de la oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios. En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación del primer ejercicio, si persistiese el empate se recurrirá al segundo ejercicio.

7. Listas de aprobados.

7.1. La relación definitiva de aprobados, que el tribunal hará pública en el tablón de anuncios de la Diputación, será elevada al Excmo. Sr. Presidente de la Corporación con propuesta de contratación como laboral fijo.

7.2. Los opositores que no se hallen incluidos en tales relaciones tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos.

7.3. El tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de las plazas convocadas.

8. Presentanción de documentos.

8.1. Los aspirantes aprobados dispondrán de un plazo de 20 días naturales desde que se haga pública la relación definitiva de aprobados para presentar en la Secretaría General de esta Corporación los documentos que acrediten los requisitos y condiciones de capacidad establecidos en estas bases.

8.2. Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar los documentos expresados podrá demostrarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.

8.3. Quienes dentro del plazo fijado y salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujese que carecen de los requisitos señalados en las bases de la convocatoria, no podrán ser contratados como personal laboral indefinido y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

9. Contratación de laborales indefinidos.

9.1. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, se dictará resolución por el Excmo. Sr. Presidente para la contratación laboral indefinida de los aspirantes aprobados.

9.2. En el plazo de 30 días naturales desde la notificación de la resolución del apartado anterior se formalizarán los contratos laborales.

9.3. De no formalizarse el contrato en el plazo establecido sin causa justificada, se entenderá como renuncia al puesto obtenido.

10. Base final.

La presente convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992 de

26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

ANEXOI

Bloque I

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios generales. Características y estructura.

Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 3. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho público. La Ley. Clases de leyes.

Tema 4. Los derechos de los ciudadanos ante la Administración Pública. Consideración especial del interesado. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración.

Tema 5. El acto administrativo: Concepto, eficacia y validez. El procedimiento administrativo local: Sus fases. El silencio administrativo.

Tema 6. Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

Tema 7. Organización y competencias municipales/provinciales.

Tema 8. Personal al servicio de la Entidad Local. La Función Pública Local: organización, selección y situaciones administrativas. El personal laboral.

Tema 9. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes locales. Responsabilidad. Régimen disiciplinario. El sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las Entidades Locales.

Tema 10. Funcionamiento de los órganos colegiados locales: Convocatoria, orden del día y requisitos de constitución. Votaciones. Actas y certificados de acuerdos.

Tema 11. Los contratos administrativos de las Entidades Locales.

Tema 12. El Presupuesto Local. Elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria. La fiscalización del Presupuesto local.

Los que accedan en virtud de promoción interna desde la categoría de Analista-Programador TipoII estarán exonerados de los siguientes Temas del BloqueI por haberse exigido para el ingreso en su categoría inicial: 1, 7,

8, 9, 11 y 12.

Bloque II

Tema 1. Generaciones y tipos de ordenadores.

Tema 2. La unidad central de proceso.

Tema 3. La memoria. Tipos de memoria.

Tema 4. Dispositivos de entrada/salida.

Tema 5. Dispositivos de almacenamiento.

Tema 6. Formas de representación de la información.

Tema 7. Lenguajes de programación.

Tema 8. Sistemas operativos Monousuario.

Tema 9. Sistemas operativos Multiusuario.

Tema 10. Metodologías de programación. Esctructuras de decisión. Programación estructurada.

Tema 11. Ficheros. Generalidades. Formas de organización.

Tema 12. Bases de datos. Diseño lógico. Diseño físico.

Tema 13. Bases de datos relacionales. Esctructura de datos relacionales.

Tema 14. Bases de datos orientadas a objetos.

Tema 15. Lenguaje SQL.

Tema 16. Sistemas de información para la dirección Herramientas E.I.S.

Tema 17. Tratamiento de Textos.

Tema 18. Hojas de Cálculo.

Tema 19. Presentación por ordenador.

Tema 20. Interfaces gráficas con el usuario.

Tema 21. Comunicaciones. Conceptos generales.

Tema 22. Redes de área local.

Tema 23. Redes públicas de comunicación.

Tema 24. Correo electrónico.

Tema 25. Ordenadores personales.

Tema 26. Multimedia.

Tema 27. Sistemas operativos para ordenadores personales.

Tema 28. Bases de datos para ordenadores personales.

Tema 29. Programación natural.

Tema 30. Gestión de bases de datos ADABAS.

Tema 31. Seguridad de la información. Conceptos. Sistemas de protección de los datos.

Tema 32. E.D.I.

Tema 33. Red IBERTEX.

Tema 34. Sistemas de gestión documental.

Tema 35. Estructuras Cliente/Servidor.

Tema 36. Diseño orientado a objeto.

Tema 37. Metodologías de análisis.

Tema 38. Modelización de datos.

Tema 39. Control de calidad del Software.

Tema 40. Técnicas de prueba del Software.

Tema 41. Diseño con herramientas E.I.S.

Tema 42. Administración de Redes.

Tema 43. Administración ADABAS.

Tema 44. Base de datos Access.

Tema 45. Base de datos gráficas.

Tema 46. Herramientas para la gestión de bases de datos gráficas.

Tema 47. Conceptos de Sistemas Expertos.

Tema 48. Equipos Físicos para Comunicaciones.

Los que accedan en virtud de promoción interna desde la categoría de Analista-Programador TipoII, y además su categoría inicial en la Excma. Diputación Provincial de Granada hubiese sido la de Programador estarán exonerados de los siguientes temas del bloqueII por haberse exigido para el ingreso en aquella categoría: 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 15,

21, 25, 27, 28, 31 y 38.

Los que accedan en virtud de promoción interna desde la categoría de Analista-Programador y Tipo II, y además de su categoría inicial en la Excma. Diputación Provincial de Granada hubiese sido la de Operador estarán exonerados de los siguientes temas del bloque II por haberse exigido para el ingreso en aquella categoría: 2, 3, 4, 5, 8, 9, 21, 25 y 27.

Granada, 14 de septiembre de 1994.-El Secretario General, Vo Bo El Presidente.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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