Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 186 de 22/11/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Medio Ambiente

RESOLUCION de 6 de julio de 1994, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se incoa expediente para la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz del Pósito en Castro del Río, Córdoba.

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I. La Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, desarrolla una serie de mecanismos jurídico-administrativos y de conocimiento, cuyo objetivo es facilitar, esencialmente, la labor tutelar de la Administración de la Comunidad Autónoma sobre el Patrimonio Histórico de Andalucía.

Desde esta perspectiva y con el fin de lograr una protección individualizada de los bienes que constituyen este Patrimonio, la citada Ley crea el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, la consulta y divulgación del mismo.

La formación y conservación del Catálogo queda atribuida a la Consejería de Cultura y Medio Ambiente, a la que compete la redacción y custodia de la documentación correspondiente a los muebles, inmuebles y manifestaciones o actividades culturales que constituyen el Patrimonio Histórico Andaluz.

II. Por parte del Servicio de Protección del Patrimonio Histórico se propone la inscripción en dicho Catálogo General del Pósito, en Castro del Río, Córdoba.

Hay de destacar el interés histórico de este edificio, destinado al almacenamiento de granos para garantizar el abastecimiento de la localidad en años de malas cosechas. Este objetivo justifica la funcionalidad y el carácter práctico de su fábrica. Este inmueble, datado del sigloXVIII, conecta con la tipología de Cillas y Pósitos cordobeses. Vista la propuesta del Servicio, y de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1 y 2, de la Ley 1/91, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía,

ESTA DIRECCION GENERAL, HA RESUELTO

1º Incoar el procedimiento para la inscripción con carácter genérico en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, a favor del «Pósito«, cuya identificación y descripción figuran como anexo a la presente disposición.

2º Proceder de acuerdo con el artículo 9.4 de la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía a la anotación preventiva de dicho inmueble en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz. De acuerdo con lo establecido en el art. 8.3 esta anotación preventiva determina la aplicación provisional del régimen de protección correspondiente a la inscripción genérica.

3º Hacer saber a los propietarios, titulares de derechos o simples poseedores del bien que tienen el deber de conservarlo, mantenerlo y custodiarlo de manera que se garantice la salvaguarda de sus valores. Asimismo, deberán permitir su inspección por las personas y órganos competentes de la Junta de Andalucía, así como su estudio por los investigadores acreditados por la misma.

4º Continuar la tramitación del expediente de acuerdo con las disposiciones en vigor.

Sevilla, 6 de julio de 1994.-El Director General, Lorenzo Pérez del Campo.

ANEXO QUE SE CITA

Identificación

Denominación: Pósito.

Localidad: Castro del Río (Córdoba).

Ubicación: C/ Pósito núm. 2.

Epoca: Siglo XVIII.

Autor: Desconocido.

Estilo: Barroco.

Descripción

El inmueble consta de un cuerpo principal y un apéndice de traza más irregular. El cuerpo principal se organiza en dos plantas: en la baja un paso central lo divide en dos almacenes compuestos por tres crujías y seis módulos cada una, siendo definido cada módulo por bóvedas de arista que descansan en arcos que cruzan los muros con restallos a pilares de planta cuadrada. El espacio central se cubre con bóvedas de cañón con arcos fajones en tres tramos y dispone de una escalerilla de caracol (hoy cegada) y de un paso a un correder estrecho (también abovedado en cañón y con bóvedas de arista en sus extremos) que lo conecta con el cuerpo de apéndice; este último cuerpo está compuesto por 7 módulos dispuestos en dos crujías. La planta alta, a la que se accede por el callejón en rampa, hoy sustituida por peldaños, está organizada de la misma manera que la baja, sólo que el paso es una habitación con pequeña entreplanta y cubierto de armadura artesonada con tirantes en cuatro faldones. Las salas laterales se cubren con bóvedas en las calles centrales y en las laterales con armadura a la molinera de pares de tornapuntas; se separan estos espacios por arquerías de medio punto sobre pilares inferiores.

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