Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 186 de 22/11/1994

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Medio Ambiente

RESOLUCION de 6 de julio de 1994, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se incoa expediente para la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz de la Casa Tercia, en Villaviciosa de Córdoba, Córdoba.

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I. La Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, desarrolla una serie de mecanismos jurídico-administrativos y de conocimiento, cuyo objetivo es facilitar, esencialmente, la labor tutelar de la Administración de la Comunidad Autónoma sobre el Patrimonio Histórico de Andalucía.

Desde esta perspectiva y con el fin de lograr una protección individualizada de los bienes que constituyen este Patrimonio, la citada Ley crea el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, la consulta y divulgación del mismo.

La formación y conservación del Catálogo queda atribuida a la Consejería de Cultura y Medio Ambiente, a la que compete la redacción y custodia de la documentación correspondiente a los muebles, inmuebles y manifestaciones o actividades culturales que constituyen el Patrimonio Histórico Andaluz.

II. Por parte del Servicio de Protección del Patrimonio Histórico se propone la inscripción en dicho Catálogo General de la Casa de la Tercia en Villaviciosa de Córdoba, Córdoba.

El edificio se puede datar en la segunda mitad del sigloXVIII, coindiendo con las fechas de construcción de la mayoría de estos inmuebles conservados en Andalucía. Se trata de una arquitectura de tipología popular, proyectada para almacenar los productos agrarios ligados al sistema de tributos eclesiásticos. Al igual que otros edificiones afines, pasaría a manos privadas tras la extinción de los diezmos, adaptándose posteriormente al uso de bodega.

El inmueble es un buen ejemplo de esta tipología arquitectónica en extinción, tanto por sus valores históricos como arquitectónicos. Vista la propuesta del Servicio, y de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1 y 2, de la Ley 1/91, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía,

ESTA DIRECCION GENERAL, HA RESUELTO

1º Incoar el procedimiento para la inscripción con carácter genérico en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, a favor de la Casa Tercia, en Villaviciosa de Córdoba, Córdoba cuya identificación y descripción figuran como anexo a la presente disposición.

2º Proceder de acuerdo con el artículo 9.4 de la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía a la anotación preventiva de dicho inmueble en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz. De acuerdo con lo establecido en el art. 8.3 esta anotación preventiva determina la aplicación provisional del régimen de protección correspondiente a la inscripción genérica.

3º Hacer saber a los propietarios, titulares de derechos o simples poseedores del bien que tienen el deber de conservarlo, mantenerlo y custodiarlo de manera que se garantice la salvaguarda de sus valores. Asimismo, deberán permitir su inspección por las personas y órganos competentes de la Junta de Andalucía, así como su estudio por los investigadores acreditados por la misma.

4º Continuar la tramitación del expediente de acuerdo con las disposiciones en vigor.

Sevilla, 6 de julio de 1994.-El Director General, Lorenzo Pérez del Campo.

ANEXO QUE SE CITA

Identificación

Denominación: Casa de la Tercia.

Localidad: Villaviciosa de Córdoba (Córdoba). Ubicación: C/ La Erilla núm. 18.

Epoca: Segunda mitad del siglo XVIII.

Autor: Desconocido.

Estilo: Barroco.

Descripción

Se trata de un edificio de carácter marcadamente funcional. El exterior consta de una facha lisa de un cuerpo, con puerta original en un extremo y recorrida por ocho pequeños huecos de ventilación. Esta fachada presenta la típica moldura de «gola« de las tercias y pósitos cordobeses bajo el alero del tejado.

Su interior se cubre por medio de bóvedas de arista y de cañón. Dispone de dos plantas: la baja, consta de tres naves y ocho tramos abovedados de igual altura, divididas por arquerías sobre pilares; en la alta, por su parte, existe un espacio abovedado sobre la nave central con arcos en nicho en sus paramentos. Tiene arbotantes en pequeños arcos que dividen las naves laterales en módulos y que sirven para compensar el empuje de la nave central. Todo el volumen se adapta a las vertientes de la cubierta, estando las bóvedas laterales más altas que el suelo de la planta alta. La estructura es de muros de carga de ladrillo, bóvedas de rosca y cubiertas a dos aguas.

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