Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 187 de 23/11/1994

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO

ANUNCIO de bases.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Bases para proveer por concurso oposición una plaza de Técnico Medio de Gestión/Bienestar Social, mediante contratación laboral indefinida.

Base primera. Plaza que se convoca y dotación. Es objeto de la presente convocatoria la provisión por Concurso-Oposición libre, de una plaza de Técnico Medio de Gestión/Bienestar Social vacante en la plantilla del personal laboral de este Ayuntamiento, correspondiente a la Oferta de Empleo Público del ejercicio 1992, mediante contratación laboral indefinida, estableciéndose un período de prueba de cinco meses. Estas plazas están dotadas por las retribuciones que correspondan de acuerdo con el régimen retributivo vigente, C.A.P. y el convenio de condiciones socio-laborales vigente para este personal.

Base Segunda. Requisitos de los aspirantes. Para tomar parte en el concurso-oposición libre será necesario:

-Ser español.

-Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de la fijada para la jubilación forzosa por edad.

-Estar en posesión de un título universitario medio (Diplomatura Universitaria) o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

-No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

-No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

-No hallarse incurso en ninguna de las causa de incapacidad específica previstas en la legislación vigente.

Base tercera. Instancias y documentos a presentar. Los aspirantes presentarán instancia dirigida al Alcalde Presidente en la que deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda, referido a la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias y se entregarán en el Registro General del Ayuntamiento, o en la forma prevista en la Ley de Procedimiento Administrativo, durante el plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, después de su íntegra publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería y Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Junto con la instancia presentarán fotocopia compulsada o certificación acreditativa de los méritos que aleguen, no teniéndose en cuenta los presentados y obtenidos una vez concluido el plazo de presentación de instancias.

No se tendrán en cuenta los no acreditados en la forma antedicha. Los derechos de examen se fijan en la cantidad de 3.000 ptas. y serán satisfechos al presentar la instancia y sólo serán devueltos en el caso de ser excluidos de las pruebas selectivas. El no abono de dicha cantidad supone la exclusión de tomar parte en las mismas.

Base cuarta. Admisión de los candidatos.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde-Presidente dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la relación de admitidos y excluidos que se hará pública en el BOP, exponiéndose también en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento. En la Resolución se hará constar el plazo de subsanación de defectos que, en los términos establecidos en la L.P.A. se conceda a los aspirantes excluidos. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

Transcurrido el plazo de subsanación de errores el Presidente dictará Resolución declarando aprobada la relación definitiva de admitidos y excluidos que se publicará en el BOP, determinándose el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios y la composición del tribunal calificador.

Base quinta. Composición del Tribunal.

El Tribunal calificador, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto

896/1991, de 7 de junio, estará integrado por los siguientes miembros:

Presidente: El de la Corporación o miembro de ésta en quien delegue. Vocales:

-Un representante de la Junta de Andalucía designado por ésta.

-Un técnico o experto designado por el Presidente de la Corporación.

-Un funcionario de carrera designado por el Presidente, de titulación igual o superior a la exigida para el acceso a la plaza convocada.

-Un Concejal en representación de los grupos de la Oposición.

-Un representante de los trabajadores, designado por el Comité de Empresa o dos si el número de miembros del Tribunal que puntúa resultase par.

Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma que designe el Presidente.

La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes.

El Tribunal podrá disponer la incorporación de Asesores externos, los cuales, en todo caso, se limitarán al ejercicio de sus especialidades, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el Tribunal. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos de tres de sus componentes.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran las circunstancias previstas en la Ley de Procedimiento Administrativo y el art. 12.3 del R.D. 2223/84, de 19 de diciembre. Los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran estas circunstancias.

Base sexta. Procedimiento de selección.

La realización de las pruebas comenzará en la fecha que indique la Resolución referida en la Base cuarta.

El sistema de provisión será el de Concurso-Oposición. Por tanto, el proceso selectivo constará de dos fases: Concurso y Oposición.

A)Fase de Concurso:

La fase de concurso se realizará en primer lugar, y en ella se valorarán los méritos que a continuación se relacionan, con arreglo al baremo que asimismo se especifica. Los méritos deberán presentarlos y acreditarlos en la forma establecida en la Base tercera.

Baremo de Méritos.

a)Experiencia Profesional:

-Experiencia profesional demostrable en cualquier Administración Local en plaza o puesto de igual contenido al que se opta: 1 punto por cada año completo hasta un máximo de 3 puntos.

-Si la Experiencia profesional a que hace referencia el apartado anterior ha sido adquirida en un Municipio de más de 20.000 habitantes: 1,5 puntos, por cada año completo hasta un máximo de 4,5 puntos.

-Por experiencia profesional específica en el sector privado, demostrable a través de los certificados de cotización a la Seguridad Social, 0,5 puntos por cada año completo hasta un máximo de 2 puntos.

b)Formación complementaria específica: Hasta un máximo de 5 puntos. b.1)Por cada curso relativo a la plaza, impartido por organismos oficiales, hasta un máximo de 4 puntos asignados con los siguientes criterios:

-De 100 y más horas: 2 puntos.

-De 60 y más horas y menos de 100: 1,5 puntos.

-De 30 y más horas y menos de 60: 1 punto.

-De menos de 30 horas o sin especificar: 0,50 puntos.

b.2)Por asistencia a encuentros, jornadas, seminarios, mesas redondas, etc., hasta un máximo de 1 punto.

c)Por actuar como ponente en cursos, jornadas, seminarios, etc.: 0,40 puntos por cada uno, hasta un máximo de 2 puntos.

B)Fase de Oposición:

Consistirá en la realización de las siguientes pruebas:

Prueba Primera: Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período de

90 minutos, un tema extraído al azar de Derecho Administrativo de entre los comprendidos en el bloque I del programa.

Prueba Segunda: Consistirá en desarrollar por escrito durante tres horas 2 temas específicos extraídos al azar de entre los que figuran en el bloque II del programa.

Prueba Tercera: Realización de un supuesto práctico de Bienestar Social en la forma y tiempo que determine el Tribunal.

En esta prueba se valorará fundamentalmente la capacidad de raciocinio, la sistemática en el planteamiento y formulación de conclusiones y el conocimiento y adecuada interpretación de la normativa aplicable.

Base séptima. Calificación de los ejercicios.

Los miembros del Tribunal puntuarán cada uno de los tres temas desarrollados por escrito, puntuando sobre 10, a la vista del informe emitido por el Asesor/es Técnico/s en su caso, y se procederá a dividir la suma por el número de miembros del Tribunal que puntúa.

La nota obtenida habrá de ser de 15 puntos como mínimo, quedando eliminados los aspirantes que no la obtengan.

De la misma forma se puntuará el ejercicio práctico, debiendo obtener 5 puntos como mínimo.

La calificación final vendrá dada por la suma de las puntuaciones obtenidas en ambas fases, Concurso y Oposición, estableciendo dicha puntuación el aspirante aprobado.

El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas un número superior de aspirantes al de las plazas convocadas.

Base octava. Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento.

Terminada la calificación de los aspirantes. El Tribunal publicará resolución final con el nombre del aprobado y puntuación y elevará dicha resolución a la Presidencia de la Corporación para que formule el nombramiento.

El aspirante propuesto presentará en la Unidad de Gestión de Personal de este Ayuntamiento dentro del plazo de veinte días naturales a partir de la publicación de la lista de aprobados, los documentos relativos de las condiciones que para tomar parte en el concurso-oposición se exigen, y que son:

-Certificación de nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente.

-Título exigido o el resguardo de pago de los derechos del mismo, pudiendo presentar fotocopia para su compulsa con el original.

-Certificado acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

-Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a la Administración Local ni a las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

-Declaración jurada de no hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad.

Quien tuviera la condición de funcionario público estará exento de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio, Comunidad Autónoma, Corporación Local, Consejería u Organismo público del que dependa, acreditando su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, el aspirante propuesto no presentara su documentación o no reuniera los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado y quedarán anuladas todas sus actuaciones; sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en las pruebas selectivas.

El aspirante nombrado deberá tomar posesión en el plazo de veinte días naturales a contar desde el siguiente a aquél en que le sea notificado el nombramiento; de no tomar posesión en el plazo indicado sin causa justificada, se entenderá que renuncia a la plaza.

Base final.

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos, plazos y en la forma establecida en la Ley de Procedimiento Administrativo.

El Tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se le presenten y para adoptar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo de la oposición. Para lo no previsto en las presentes Bases será de aplicación la legislación vigente en esta materia.

PROGRAMA

Bloque I. Derecho Administrativo

1. La Constitución Española de 1978. Principios generales.

2. Régimen Local Español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

3. Autonomía Municipal. Competencias. Potestad normativa; Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

4. El Municipio. El término municipal. La población. El empadronamiento.

5. Procedimiento administrativo local. El Registro de entrada y salida de documentos.

6. Formas de actividad municipal. Conceptos generales.

7. Organos de gobierno municipales. Organos necesarios y órganos complementarios. Organos personales y órganos pluripersonales. Sus competencias.

8. Haciendas locales. Clasificación de los ingresos. Ordenanzas fiscales.

9. Gasto público local.

10. Los presupuestos locales.

Bloque II. Temario específico

1. El contexto actual de la política social y sociocultural. La demanda social y los estados de necesidad. Finalidades de la política de intervención social. Los componentes de la acción social: Administración, profesionales y población.

2. Bienestar Social. Concepto y objetivos. Necesidades básicas y derechos fundamentales. Servicios Sociales: Marco jurídico y distribución de competencias.

3. Historia de los Servicios Sociales en España.

4. El trabajo social. Definición. El trabajo social en el marco de las ciencias sociales. Objetivos y funciones. El trabajo social y la metodología.

5. Estadística social. Concepto. Clases. Funciones. Constantes y variables. Frecuencias. Proceso de un estudio estadístico. Métodos de recogida de datos. Representación de datos. Medidas de posición. Medidas de variabilidad.

6. La planificación de servicios socioculturales. Concepto y método. La teoría general de sistemas. Elementos de un plan de acción sociocultural.

7. La Animación Sociocultural. Concepto y principios básicos. Objetivos. Ambitos de intervención. Antecedentes históricos. Las nuevas corrientes europeas de animación sociocultural.

8. La metodología de la programación y diseño de proyectos en y para la animación sociocultural. Técnicas específicas. Perfil del animador sociocultural.

9. Los equipamientos socioculturales. Tipos y usos. Gestión de equipamientos socioculturales. Control de la gestión. Problema y soluciones en gestión de equipamientos.

10. La Evaluación de servicios socioculturales. Concepto. Teorías y modelos de Evaluación. Tipos de evaluación. Criterios de evaluación. Indicadores de evaluación. Técnicas de evaluación. Retroalimentación. Autoevaluación. El informe técnico.

11. Las técnicas publicitarias aplicadas a los servicios socioculturales. Conceptos básicos sobre investigación publicitaria y estudios de mercado. Tipos de publicidad. Los medios publicitarios.

12. La Dirección. Concepto. Estilos de dirección. La conducción del grupo humano. Solución de problemas y toma de decisiones individuales y en grupo. La negociación.

13. Psicosociología de los grupos humanos. El grupo, fases de desarrollo. Estructura y procesos grupales. Relaciones interpersonales. Métodos y técnicas para el estudio del grupo. Posibles dificultades en un grupo y alternativas de solución. Dinámica de grupos.

14. La Educación como sistema de comunicación. Educación formal, no formal e informal. Alternativas pedagógicas a la educación formal. El medio sociocultural en el proceso educativo. Aportaciones metodológicas de los diferentes movimientos educativos. Los grupos como medio educativo: dinámica y técnicas pedagógicas.

15. Educación y Municipio. Consejos Escolares y Consejos Municipales de Educación. La Educación de Adultos. Ley de Ordenación general del sistema educativo.

16. Asistencia a la mujer. Plan Nacional de Igualdad de la mujer. El Instituto Andaluz de la Mujer. Los centros municipales.

17. Sociología de los grupos marginales. Concepto de marginación. Causas de la inadaptación. Readaptación social. Las minorías étnicas en España y Andalucía.

18. La inmigración de origen extracomunitario. Derechos y libertades de los extranjeros en España. Los municipios y la integración de los inmigrantes. La intervención con inmigrantes desde los servicios sociales comunitarios.

19. Concepto y sentido de la Cultura. Democratización Cultural y Democracia Cultural. La política cultural: Objetivos y fases. Programas municipales de cultural.

20. Jóvenes y Juventud: Conceptos. Políticas de juventud. Plan Nacional Integral de juventud. Plan Andalucía joven. Programas municipales.

21. Bibliotecas públicas locales. Fomento de la lectura. Difusión cultural.

22. El marco legal de la participación ciudadana. Concepto de participación ciudadana. Nuevo asociacionismo y participación. Organización de una Asociación. El voluntariado social.

23. Ley de Servicios Sociales en Andalucía.

24. Prestaciones básicas de los Servicios Sociales en las Corporaciones Locales. Los Servicios Sociales Comunitarios: objetivos, funciones, prestaciones. Servicios Sociales especializados.

25. Las vías actuales en el estudio de la Antropología y de la Cultura. El cambio cultural en Andalucía. Socialización, integración y participación en la sociedad andaluza.

26. Los problemas culturales y la evaluación de la Cultura andaluza. Etnocentrismo y cambio cultural. Las variables sociales en la cultura actual de la región. Las fiestas y la religiosidad popular.

27. Plan de Servicios Sociales de Andalucía. Contexto de los Servicios Sociales en Andalucía: Objetivos generales. Formación e investigación social. Fuentes de financiación. Seguimiento y evaluación.

28. La investigación sociocultural. Marco teórico. Metodología. La investigación en la acción. Medios de recogida de datos. Interpretación general de datos y confirmación de la hipótesis.

29. Marco jurídico del deporte en España y Andalucía. Políticas deportivas en las Administraciones autonómicas y local. Deporte para todos: Formación y promoción deportiva.

30. La Coordinación Intersectorial: Planes interdepartamentales de la Junta de Andalucía y Servicios Sociales.

El Ejido, 6 de octubre de 1994.-El Alcalde-Presidente.

Descargar PDF