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Pliego de Condiciones Económicas Técnicas y Jurídicas para la adquisición a este Ayuntamiento de una parcela con el destino específico de la construcción y gestión empresarial de una residencia geriátrica.
Primera: Objeto del Concurso.
La adquisición de una parcela de 90 x 100 metros ubicada en suelo urbano programado para uso dotacional que inicialmente existe en la delimitación de núcleo urbano de Tharsis, según las N.S.M., bien en el polígono industrial una vez recalificado o en el ED-2, una vez conseguida su cesión al Ayuntamiento, ya que en el actual polígono industrial se posee suelo por cesión de EPSA, según escritura pública, y en la zona ED-2 está prevista su cesión al Ayuntamiento en el Plan de viabilidad de Tharsis, una vez liberada de cargas dicha zona.
La finca objeto del presente concurso tiene la calificación de Bien Patrimonial de Propios.
Su descripción, edificabilidad y demás datos figuran adjunto a este pliego en la Cédula Urbanística que como anexo se une al mismo; si bien el aprovechamiento urbanístico de la parcela será en todo momento el vigente al otorgamiento de la licencia.
Segunda: Sistemas de Contratación.
La adjudicación y venta de la parcela se realizará mediante concurso Público, de conformidad con el art.
284 de la Ley de Suelo, así como por el Capítulo III del título VI del Texto Refundido y demás disposiciones concordantes.
Tercero: Tipo de Licitación.
El tipo de licitación se fija en la cantidad de 9.000.000 millones de ptas.
Cuarta: Forma de Pago y Gastos.
A la formalización de la escritura, la empresa adjudicataria abonará en matálico o en documento que válidamente garantice el cobro de la cantidad estipulada en el
acto de adjudicación.
Será de cuenta del adjudicatario, el importe de los anuncios y de cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de la formalización del contrato, incluso de los honorarios del Notario autorizante, así como de todo género de tributos estatales y locales resultantes de la adjudicación del derecho real de superficie.
Quinta: Derechos y Obligaciones del Adjudicatario.
1º. El adjudicatario deberá destinar la parcela de
9.000 m2 en su totalidad, a la construcción y posterior gestión de un Centro Geriátrico, dado el interés social de éste.
2.º El adjudicatario de la compra de la parcela de
9.000 m2 deberá ejecutar por sí, o por medio de terceros, las obras necesarias para la edificación y urbanización de un Centro Geriátrico, siendo el período máximo de realización de las obras de 2 años desde la formalización de esta compra real, conforme el art. 284 de la Ley de Suelo.
3.º La adjudicación y venta ha de ser formalizada en
todo caso en Escritura Pública y como requisito constitutivo de su eficacia inscribirse en el Registro de la Propiedad.
4.º El adjudicatario de la compra de la parcela no
podrá transmitirlo o gravarlo conforme a las disposiciones dispuestas en la Legislación Urbanística y de Derecho
Privado, sin la previa autorización del Pleno del Ayuntamiento, que podrá optar a la reversión de la parcela en
el mismo importe de adjudicación en pesetas constantes
respecto de la fecha de adjudicación.
Sexta: Fianza.
Para tomar parte en el Concurso será necesario la
constitución de previa fianza en la cuantía de 50.000 ptas bien en metálico o bien mediante aval constituido de
forma reglamentaria.
La garantía definitiva se deberá constituir por el
adjudicatario en la cuantía legalmente establecida una
vez celebrado el acto de adjudicación definitiva.
Séptima: Proposiciones.
Las proposiciones se presentarán en el Registro general del Ayuntamiento, en horas de 9,00 a 13,00 excepto los
sábados en el plazo de 20 días hábiles. Este plazo se
iniciará con la 1ª publicación del presente en cualquiera de los boletines oficiales donde deberá ser publicado y concluirá a los 10 días siguientes de la publicación del último anuncio en los boletines oficiales.
Las proposiciones se presentarán en un sobre cerrado
y firmado por el licitador en el que figurará la inscripción «Proposición para tomar parte en el Concurso para la
adjudicación y adquisición de la parcela sita en suelo
dotacional, de la localidad de Tharsis, según las N.S.M. vigentes, de acuerdo con.la documentación técnica que
se aparta¯.
Contendrá el sobre:
a) Proposición económica, según el modelo adjunto,
así como de los plazos en los que se compromete a
ejecutar las obras el número de camas a crear, y el
número aproximado de puestos de trabajo que se vayan
a crear.
b) Documento Nacional de Identidad del firmante de
la Proposición, con expresión del número de Identificación Fiscal .
c) Documento expedido por la Tesorería Municipal
acreditativo de haber depositado la fianza provisional, de hacerse en metálico, o bien resguardo bancario de haber constituido aval bancario.
d) Declaración jurada de no estar incurso en causa
de incapacidad, incompatibilidad o prohibición para
contratar con la Administración Pública, prevista en la Legislación vigente.
e) Poder Notarial en caso de actuar en representación
de otra persona o entidad debidamente legalizado y
basteado por el Secretario de la Corporación.
f) Cuando concurra una Sociedad Mercantil deberá
adjuntarse copia de Escritura Social, inscrita en el Registro Mercantil.
Octava: Apertura de Plicas.
El Acto de apertura de plicas tendrá lugar el día
siguiente hábil, a aquel en que termina el plazo de
presentación de proposiciones, salvo que sea sábado, en cuyo caso pasará el día siguiente hábil, a las 12,00 horas, en el Salón de Actos de este Ayuntamiento ante la Mesa
de Contratación. La celebración del mismo se atendrá a
las Normas establecidas en la Ley y Reglamento de
Contratos del Estado y reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales; la Mesa estará presidida por el
Sr. Alcalde o Teniente de Alcalde en quien delegue, y
compuesto por el Sr. Interventor General y Secretario
general de la Corporación.
El Acto será público y en él se procederá en forma
prevenida en el art. 34 del Reglamento de Contratación
de las Corporaciones Locales. La Mesa de Contratación,
en el acto de concurso, procederá a la apertura de las
proposiciones presentadas por los licitadores, y los elevará, con el Acta y las observaciones que estime pertinentes, a la autoridad que haya de efectuar la adjudicación del
Contrato.
Acto seguido, el Sr. Secretario unirá al expediente los resguardos e las garantías y las proposiciones presentadas incluso las que se hubiesen desechado.
Novena: Adjudicación del Concurso.
El pleno u órgano competente por delegación a la
vista de la propuesta realizada por el Sr. Alcalde,
procederá a adjudicar el concurso para la adquisición de la parcela y ejecución de las actuaciones previstas en la Cláusula Quinta del presente Pliego, al licitador que haya presentado la oferta que en su conjunto sea más ventajosa, sin atenerse a criterios puramente económico, o declarar desierto el Concurso. En este caso conforme al art. 284 de la Ley del suelo, el Ayuntamiento podrá enajenar directamente dentro del plazo máximo de un año con arreglo al
Pliego de Condiciones.
Décima: Garantía definitiva.
Dentro del plazo de 10 días hábiles siguientes a la
fecha de la notificación del acuerdo de adjudicación del concurso, el adjudicatario habrá de constituir la garantía definitiva por el importe del tres por ciento por el que se adjudique.
La garantía podrá presentarse en efectivo o mediante
aval bancario. En este caso el aval llevará la firma
legitimada y habrá de reunir los requisitos que se establecen en el art. 370 y es del Reglamento de Contratos del
Estado.
La garantía definitiva será devuelta una vez realizadas las actuaciones previstas en la cláusula quinta.
Undécima: Formalización del contrato.
Será perceptiva la formalización de la adjudicación
de la parcela y la adquisición de las obligaciones inherentes por medio de Escritura Pública, así como inscribirse en el Registro de la Propiedad, como requisito constitutivo de su eficacia.
Duodécima: Disposiciones Finales.
Por el mero hecho de optar a la adquisición se
entenderá que se aceptan íntegramente estos Pliegos.
Dada la naturaleza administrativa de este contrato le
es de aplicación, además del Pliego de Condiciones
Económico Administrativas, la Ley 7-85 de 2 de abril, del Real Decreto 781/86 de 18 de abril, la Ley de Régimen
Jurídico del Suelo y Ordenación urbana, la ley del Estado y su Reglamento, y el Reglamento de Contratación de
Corporaciones Locales, en lo no previsto en ellas las
disposiciones aplicables a la Administración General del Estado y Autonómica, y en su defecto a las Normas de
Derecho Privado. El Secretario, Juan Angel López Gil, El Alcalde Presidente, Diego Expósito García.
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