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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988 de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
DISPONGO
Autorizar las tarifas de taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Asociación Gremial Provincial de Auto-Taxi y Gran Turismo de Jaén
Tarifas autorizadas
Concepto IVA incluido
TARIFA 1/A
Carrera Mínima 290 ptas.
TARIFA 1/B
Por bajada de bandera 112 ptas. Por km. recorrido 63 ptas. Por hora de parada . 1.540 ptas. TARIFA 2
Por bajada de bandera 112 ptas. Por km. recorrido . 126 ptas. Por hora de parada 1.540 ptas.
TARIFA 3/A:
Carrera Mínima 365 ptas.
TARIFA 3/B
Bajada de bandera 140 ptas. Por km. recorrido . 79 ptas. Por hora de parada 1.925 ptas.
TARIFA 4
Bajada de bandera 140 ptas. Por km. recorrido 158 ptas. Por hora de parada 1.925 ptas.
SUPLEMENTOS:
Por maleta o bulto de más de 60 cms. 50 ptas.
"Límites del Casco Urbano¯, a efectos de aplicación de las tarifas T-2 y T-4 (servicios, fuera del casco urbano en días laborables T-2, y nocturnos y festivos T-4)
Carretera Circunvalación En puente inicio subida a Castillo Santa Catalina y Hospital Neveral.
Carretera Fuente de la Peña: En confluencia vías salida Glorieta y Alcantarilla.
Carretera Puente «La Sierra¯ junto portón los leones.
Carretera de Granada: junto al Cementerio San Fernanda.
Carretera Puente Jontaya: pasada las últimas casas habitadas (a 1 km. aproximadamente de las Instalaciones «La Salobreja¯).
Avda. de Andalucía: confluencia con Carretera de
Córdoba, excluidas las viviendas de nueva construcción
en margen derecho de Avda. Andalucía.
Carretera de Torrequebradilla
a) Junto al Centro Santa Teresa, en la dirección al
Puente Tablas.
b) En dirección al centro Comercial «La Loma¯, en la
confluencia con carretera Bailén Motril, a su salida por Polígono El Valle.
Carretera de Madrid: junto a surtidor gasolina «Quesada¯.
Carretera de Fuerte del Rey: junto a confluencia
carreteras Fuerte del Rey y Garcíez.
Se determinan como excepción, a efectos de estas
tarifas T-2 y T-4, las siguientes:
a) Que el taxi sea requerido por teléfono, radiotaxi,
etc., para recogida de usuario fuera del casco urbano, en cuyo caso el taxímetro se pondrá en funcionamiento con
la tarifa-1 durante la ida y la vuelta del servicio.
b) Que el cliente retorne en el mismo servicio, siempre que lo haya indicado previo a la prestación del servicio. Caso contrario se deberá aplicar la T-1 en el recorrido de vuelta.
c) El Hospital Provincial Princesa de España de lunes
a sábados laborables.
d) Polígono los Olivares, en horario de
7 a 9 horas y 13,30 a 16 horas de lunes a sábado
laborables.
las Tarifas T-3 y T-4 serán de aplicación en los
siguientes casos
a) Ferias Locales: Junio y Octubre durante los días
señalados como oficiales por el Ayuntamiento de Jaén, a partir de las 00 horas del primer día de feria.
b) Domingos y Días Festivos, como tales considerados
en la Localidad: las 24 horas.
c) Nocturnos: desde las 22 horas hasta las 6 horas del
día siguiente.
d) Navidad/Reyes las 24 horas de las días 23 de
diciembre al 6 de enero siguiente, ambos inclusive.
e) Semana Santa: las 24 horas de domingo a domingo,
ambos inclusive.
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia
de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde
el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.
Sevilla, 14 de marzo de 1994
JAIME MONTANER ROSELLO
Consejero de Economía y Hacienda
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