Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 47 de 12/4/1994

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Otros. COMUNIDAD DE MADRID. CONSEJERIA DE TRANSPORTES

RESOLUCION de 9 de marzo de 1994, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Transportes, por la que se procede a la publicación del acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno, resolutorio del recurso de reposición deducido en expediente sancionador en materia de transportes.

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Por no haber sido posible practicar en el domicilio de su destinatario el Acuerdo que se relaciona en el Anexo I, resolutorio del recurso de reposición deducido en expediente sancionador en materia de transportes, se procede a su publicación en el Boletín Oficial, a efectos de lo dispuesto en el artículo

59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992 (B.O.E. de 27 de noviembre).

Contra dicho Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Claves de Identificación.

1. ley 16/57 de 30 de julio de Ordenación de los Transportes Terrestres (B.O.E. de 31 de julio).

2. Real Decreto 2296/83 de 25 de agosto sobre tráfico y circulación de vehículos escolares y de menores (B.O.E. de 27 de agosto).

3. Ley 6.11.84 sobre inspección, control y régimen sancionador de los transportes mecánicos por carretera.

Madrid, 9 de marzo de 1994.- El Secretario General Técnico, Francisco Peyró Díaz.

Sancionado - Ultimo domicilio conocido - Expediente - Infracción - Preceptos infringidos - Acuerdo del Consejo de Gobierno y sanción.

José Trabalón Alonso.- C./ Andalucía, 19 C.P. 04800 Albox (Almería) - Expte. Núm. 7011.1/92 - Exceso de peso sobre el máximo permitido - Arts. 140 c) y

143 de la L.O.T.T. - 18 de noviembre de 1993, 270.000 pesetas.

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