Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 57 de 28/4/1994

1. Disposiciones generales

Consejería de Gobernación

ACUERDO de 22 de marzo de 1994, del Consejo de Gobierno, por el que se declara la urgente ocupación, a los efectos de expropiación forzosa por el Ayuntamiento de Jerez de la Frontera (Cádiz) de los bienes y derechos afectados por el proyecto de obras denominado Aliviadero de San José Obrero, en dicha localidad.

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El Excmo. Ayuntamiento de Jerez de la Frontera (Cádiz) en sesión plenaria celebrada el día 24 de diciembre de 1992, acordó llevar a cabo la expropiación de los bienes y derechos afectados por las obras de ejecución del proyecto denominado «Aliviadero de San José Obrero«, incluido en el Plan Especial de Saneamiento de esta localidad aprobado por acuerdo plenario de fecha 2 de diciembre de 1986, así como en el Plan de Inversiones correspondientes al ejercicio de 1993 de Aguas de Jerez, Empresa Municipal, Sociedad Anónima (A.J.E.M.S.A.) solicitándose asimismo la declaración de su urgente ocupación, una vez entendida la declaración de utilidad pública de las obras, al amparo de lo establecido en los artículos 10 de la Ley de Expropiación Forzosa y 94 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril.

Se fundamenta la declaración que solicita en la urgente necesidad de llevar a cabo las obras proyectadas, que permitirán el desagüe de las aguas pluviales de una cuenca de 608 Has., hacia el Arroyo del Salado, donde se integra toda la zona norte de la ciudad, evitando con ello las inundaciones de barriadas populosas como las de La Granja y San José Obrero, polígonos industriales y carretera de Sevilla, a la vez que se completa la ejecución del Plan de Saneamiento de la ciudad, y la puesta en servicio de las obras ya ejecutadas.

Identificados plenamente los bienes objeto de ocupación, y practicada la información pública mediante inserción del oportuno edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm. 18 de fecha 23 de enero de 1993, Tablón de Edictos y el periódico «Diario de Jerez«, de fecha 5 de febrero de

1993, sin que durante el plazo de exposición se haya presentado reclamación alguna, procede declarar la urgente ocupación pretendida, al entenderse cumplidos los requisitos exigidos por el artículo 56 del Reglamento de Expropiación Forzosa en relación con el 52 de la Ley. El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, atribuye esta competencia a la Junta de Andalucía, correspondiendo su ejercicio al Consejo de Gobierno, a tenor de lo establecido en la Disposición Final Segunda de la Ley 6/1983, de 20 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma. En su virtud, a propuesta del Consejero de Gobernación y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 22 de marzo de 1994,

ACUERDA

Se declara la urgente ocupación a los efectos de expropiación forzosa por el Excmo. Ayuntamiento de Jerez de la Frontera (Cádiz), de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto denominado «Aliviadero de San José Obrero«, de conformidad con lo previsto en el artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, y cuya descripción es la siguiente:

Finca única. Rústica, en la Colonia de Caulina, al sitio de Caulina de este término. Tiene una superficie de una hectárea, noventa y cinco áreas y cincuenta y seis centiáreas. Linda al Norte con la segunda unidad física del lote número cuarenta y ocho; Sur, con la carretera de Jerez de la Frontera a Arcos de la Frontera; Este, con el lote número diecinueve y, Oeste, con la parcela comunal de la Colonia. Inscrita en el Registro de la Propiedad núm. dos de esta ciudad a favor de doña Ana Barroso Alba y don Antonio Carrasco González, para su sociedad conyugal al Tomo 939, folio 187, inscripción 20.a de la finca núm. 2.730. Cargas: Libre de Cargas. Afectación: Se precisa disponer en la finca descrita de una parcela triangular de terreno de 52.00 metros de largo por 38.00 metros de ancho, en total, 968.37 m2 (expropiación). Dichos terrenos lindan al Sur con la CN-342 (Jerez-Cartagena) margen izquierda, en una longitud de 38 metros, al Oeste con finca de otro propietario, en longitud de 52.00 metros y el resto de las lindes se efectúan con terrenos de la propiedad afectada. Beneficiario: Aguas de Jerez, Empresa Municipal, S.A.

Sevilla, 22 de marzo de 1994

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS

Consejero de Gobernación

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