Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 103 de 22/7/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 4 de julio de 1995, por la que se aprueban baremos para el personal que realice actividades de colaboración con el Instituto Andaluz de Administración Pública, relacionadas con la formación a distancia y la redacción de temarios para oposiciones.

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El Plan de Formación para 1995 aprobado por el Consejo Rector del Instituto Andaluz de Administración Pública incorporó la enseñanza a distancia como fórmula de impartir la instrucción al personal al Servicio de la Junta de Andalucía.

La Orden de 11 de marzo de 1991 (BOJA núm. 25 de 9 de abril) que regula las retribuciones del personal que eventualmente realice actividades docentes, de apoyo a la misma y a los tribunales de pruebas selectivas del I.A.A.P. no contempla las remuneraciones relacionadas con la formación a distancia ya que es un sistema no utilizado hasta la fecha como medio de formación por este Instituto.

Las peculiaridades del ejercicio docente y de la metodología pedagógica propia de la formación a distancia, hacen necesario que se determine de forma expresa el baremo retributivo respecto a las actividades específicas que esta técnica de formación precisa, tanto en relación con la elaboración de los textos como con la ejecución de la actividad docente. Por otra parte, una vez concluidas las pruebas selectivas de acceso a la Función Pública de nuestra Comunidad Autónoma, correspondientes a las tres primeras Ofertas de Empleo Público, se hace necesario revisar los Temarios que les han servido de base, a fin de proceder a una nueva redacción de los mismos.

En consecuencia, en uso de la competencia que me atribuye el apartado m) del punto 2 del artículo 6º del Decreto 50/1987, de 25 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Andaluz de Administración Pública, a propuesta del Director de dicho Organismo y previo informe de la Consejería de Economía y Hacienda, he tenido a bien disponer:

1º Aprobar el baremo para remuneración del personal que eventualmente realice actividades docentes o de colaboración en la formación a distancia del Instituto Andaluz de Administración Pública, que figura como Anexo I a esta Orden, así como el baremo para remunerar las actividades de coordinación, revisión y redacción de los nuevos Temarios para las pruebas selectivas de acceso a la Función Pública de la Junta de Andalucía, que figura como Anexo II de esta Orden.

2º Por Acuerdo de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública se determinará la sistemática de trabajo para el análisis, revisión y nueva redacción de los Temarios de las pruebas selectivas de acceso a la Función Pública de la Junta de Andalucía, así como los importes a aplicar en cada una de las actividades que esto conlleve, según los cuerpos a los que se refieran, el volumen del temario y su complejidad. Igualmente, la Dirección del Instituto determinará los importes a aplicar en las actividades formativas.

3º Los presentes baremos tendrán efectos económicos a partir de la fecha de publicación de esta norma.

Sevilla, 4 de julio de 1995

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación

ANEXO I

BAREMO PARA LAS REMUNERACIONES DEL PERSONAL QUE EVENTUALMENTE REALICE ACTIVIDADES DOCENTES DE FORMACION A DISTANCIA EN EL INSTITUTO ANDALUZ DE ADMINISTRACION PUBLICA Y DE APOYO A ESTA ACTIVIDAD

Importes

Mínimo Máximo

1. Dirección de redacción 200.000 500.000.

2. Redacción de textos

y/o manuales 3.000 pág. 5.000 pág.

3. Redacción de actividades

o ejercicios 10.000 c/u 25.000 c/u.

4. Redacción autoevaluacio-

nes Test 1.000 c/u 250.000 c/u.

5. Dirección de curso 100.000 250.000.

6. Tutorías 2.000 por alumn. 6.000 p.al.

7. Coordinación de tutorías 75.000 200.000.

ANEXO II

BAREMO PARA LA REMUNERACION DE LAS ACTIVIDADES DE REVISION Y REDACCION DE NUEVOS TEMARIOS DE OPOSICIONES

Importe

Mínimo Máximo

Dirección y Coordinación 50.000 250.000. Redacción 50.000 750.000. Revisión de Temarios 50.000 500.000.

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