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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo y Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 23 de enero de 1995, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 1825/92, promovido por Seop, S.A.. sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O
Que debemos desestimar y desestimamos el recurso número 1825 de 1992, interpuesto por Seop, S.A., contra la resolución de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Trabajo de la Junta de Andalucía de 5 de marzo de 1992, la que debemos confirmar y confirmamos por ser conforme con el ordenamiento jurídico, sin costas.
Sevilla, 2 de agosto de 1995.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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