Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
La Ley 1/1992, de 21 de Mayo, de Coordinación del Sistema Universitario, establece en su artículo 10 que: "A los únicos efectos del ingreso en los Centros universitarios todas las universidades andaluzas se consideran como distrito único".
La Orden de 9 de Junio de 1993, (BOE núm. 138 de 10 de Junio), sobre pruebas de aptitud para acceso a las Facultades, Escuelas Técnicas Superiores y Colegios Universitarios, reguló el procedimiento para la organización de las pruebas, la elaboración del enunciado de los exámenes y la constitución y actuación de los tribunales.
La citada Orden, en su apartado Undécimo dispone que las Universidades, procederá a elevar a definitivos los programas que hayan de impartirse en los siguientes cursos, hasta la desaparición de los estudios de COU.
La plena aplicación del distrito único tras el período establecido por la Ley
1/1992, en la Disposición Transitoria Cuarta, hace necesario unificar los programas del Curso de Orientación Universitaria por ello los responsables de la coordinación del COU en todas las Universidades Andaluzas han elaborado los programas unificados.
En consecuencia, una vez aprobados los Programas que han de impartirse a partir del curso 1995/96, hasta la desaparición del COU, previo informe del Consejo Andaluz del año en curso, el Vicesonsejero de Educación y Ciencia,
HA RESUELTO
Primero.- Hacer públicas las programaciones del Curso de Orientación Universitaria que figuran en el Anexo de la presente Orden.
Segundo.- Las citadas programaciones serán de aplicación a partir del curso
1995/96, para todos los Centro andaluces que impartan el Curso de Orientación Universitaria.
Tercero.- Se faculta a las Direcciones Generales de Univerdades e Investigación y Planificación del Sistema Educativo y Formación Profesional de la Consejería de Educación y Ciencia para que en el ámbito de sus competencias pueden desarrollar e interpretar el contenido de la presente Resolución.
Sevilla, 19 de julio de 1995.- El Viceconsejero, Pedro Navarro Imberlón.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
Descargar PDF