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En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 79.2 del Real Decreto Legislativo
781/86 de 18 de abril, artículos 109.2 y 110 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, Ley 7/1985 de 2 de abril, Ley 6/1983 de 21 de julio, Circular de la Dirección General de Administración Local de 14 de septiembre de 1951, y demás preceptos de general aplicación. El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981 de 30 de diciembre, confiere competencia exclusiva a esta Comunidad Autónoma en materia de Régimen Local. En su virtud, al amparo de la legislación invocada y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:
Prestar conformidad a la cesión gratuita de unos terrenos propiedad del Ilmo. Ayuntamiento de Priego de Córdoba (Córdoba) a EPSA, a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 31 de enero de 1994, previa publicación en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 266, de fecha 19 de noviembre de 1993, y cuya descripción es la siguiente:
Solar procedente de la parcela del resto de mayor extensión del Matadero Municipal, con una superficie de mil seiscientos cincuenta y un metros cuadrados, con fachada a la calle del Matadero; limita por la derecha con la calle de la Granja, por el fondo con la otra parcela segregada de su misma procedencia, formando un pequeño tacón en su parte izquierda que se adentra en dicha otra parcela con unas dimensiones de 3,20 x 3,20 metros, y por la izquierda con la Avda. de la Juventud. Su valor es de 769.263 ptas., en proporción del fijado en el Inventario de Bienes y Derechos de la Corporación para el total de los terrenos. A efectos de búsqueda la finca matriz se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad de Priego, al libro 205, folio 167, finca 3493, inscripción 20ª
Sevilla, 9 de enero de 1995
CARMEN HERMOSIN BONO
Consejera de Gobernación
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