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El Decreto 108/1992 de 9 de junio por el que se regula la supervisión y autorización; de libros y material curriculares para las enseñanzas de régimen general y su uso en los Centros docentes de Andalucía, estableció como objeto de supervisión los proyectos editoriales y definió los requisitos que han de reunir para su aprobación.
La Orden de esta Consejería de Educación y Ciencia de 24 de junio de 1992, por la que se dan normas sobre supervisión y autorización de libros y material curriculares para las enseñanzas de régimen general y su uso en los Centros docentes de Andalucía, en su apartado sexto, dispone que el Consejero de Educación y Ciencia concederá la aprobación del proyecto editorial a partir del cual se elaboren los libros y material curriculares para su uso en los Centros docentes, siempre que reúnan los requisitos establecidos en el mencionado Decreto.
En su virtud visto el dictamen de la Comisión a que se refiere el apartado cuarto de la mencionada Orden y a propuesta de la Dirección General de Promoción y Evaluación Educativa, esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:
Primero. Autorizar los proyectos editoriales supervisados que se relacionan en el Anexo de la presente Orden
así como el uso en los Centros docentes de Andalucía del material curricular que corresponde.
Segundo. Los libros y material curriculares que resulten de los proyecto editoriales mencionados deberán reflejar esta autorización en los términos siguientes: "Libro o material curricular para la etapa de Educación Infantil Educación Primaria, o Educación Secundaria Obligatoria, elaborado según el proyecto editorial supervisado por la Consejería de Educación y Ciencia y aprobado por Orden de 12 de septiembre de 1995¯. En este mismo texto se indicará el ciclo, curso y área/materia para el que ha sido autorizado el proyecto editorial, según consta en el Anexo de la presente Orden.
Tercero. De acuerdo con lo establecido en el apartado noveno de la Orden de 24 de junio de 1992, las empresas editoriales remitirán un ejemplar de los libros y material curriculares a la Dirección General de Promoción y Evaluación Educativa, una vez editados. Si el texto publicado
no se a justara al proyecto editorial aprobado, se procederá a anular la autorización, mediante una Orden denegatoria.
Cuarto. La presente Orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 12 de septiembre de 1995
INMACULADA ROMACHO ROMERO
Consejera de Educación y Ciencia
ANEXO
Editorial Donostiarra.
Proyecto editorial de Dibujo Técnico, para el segundo curso de Bachillerato de Tecnología y Ciencias de la Naturaleza y de la Salud.
Editorial la Ñ.
Proyecto editorial de Segundo Ciclo de Educación Secundaria Obligatoria, curso 3.º , para el área de Lengua Castellana y Literatura.
Editorial Bruño.
- Proyecto editorial de Segundo Ciclo de Educación
Secundaria Obligatoria, curso 3.º , para el área de Lengua Castellana y Literatura.
- Proyecto editorial de Segundo Ciclo de Educación
Secundaria Obligatoria, curso 4.º , para el área de Lengua Castellana¿lana y.Literatura.
Editorial Algaida Editores, S.A.
- Proyecto editorial de Bachillerato curso 1º , para
el área de Lengua Castellana y Literatura.
Editorial Sociedad General Española de Librería, S.A.
(SGEL)
- Proyecto editorial «Welcome¯ de Primer Ciclo de Educación Secundaria Obligatoria, cursos 1.º y 2.º , para el
área de Lenguas Extranjeras (Inglés).
Editorial La Calesa, S.A.
- Proyecto editorial "Juniors English¯ de Segundo Ciclo de Educación Primaria, cursos 3º y 4º, para el área de
Lenguas Extranjeras (Inglés).
Editorial Alhambra Longman S.A.
- Proyecto editorial "New Blueprint One and Two¯ de
Segundo Ciclo de Educación Secundaria Obligatoria, cursos 3º y 4º, para el área de Lenguas Extranjeras (Inglés).
Editorial Ediciones Seyer.
- Proyecto editorial "Aristo¯ de Segundo Ciclo de Educación Secundaria Obligatoria, cursos 3.º y 4.º , para el área de Educación Física.
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