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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley
30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada sin efecto la notificación personal al recurrente don Juan Rodríguez Gonzálvez de corrección de errores de la resolución de la Excma. Sra. Consejera de Gobernación al recurso ordinario interpuesto contra resolución del Ilmo. Sr. Delegado de Gobernación en Málaga recaída en el expediente sancionador núm. MA-117/94/M, por la presente se procede a hacer pública la misma al no haberse podido practicar en su domicilio, reproduciéndose a continuación el texto íntegro:
«En la ciudad de Sevilla, a dieciocho de julio de mil novecientos noventa y cinco.
Advertido error material en la
resolución de esta Consejería de 2 de marzo de 1995, por la que se desestimaba el recurso interpuesto por don Juan Rodríguez Gonzálvez, contra la resolución del Delegado de Gobernación en Málaga,
Procede en virtud de lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la corrección del mismo, por lo que en la página núm. 1 de la citada resolución,
Donde dice: a consecuencia del expediente sancionador núm. MA-147/94/M". Debe decir: a consecuencia del expediente sancionador núm. MA-117/94/M".
El Viceconsejero de Gobernación, P.D. (Orden
29.7.85), fdo.: José A. Sainz-Pardo Casanova¯.
Sevilla, 11 de octubre de 1995.- La Secretaria General Técnica, Ana Isabel Moreno Muela.
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