Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 143 de 14/11/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 17 de octubre de 1995, por la que se designan municipios de actuación preferente de rehabilitación en la provincia de Córdoba.

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Ilmos. Sres.: El Decreto 238/85 de 6 de noviembre, por el que se regulan ayudas para obras de conservación y mejora de viviendas en municipios de actuación preferente en rehabilitación, modificado por el Decreto 213/88 de 17 de mayo, establece en su artículo primero, el requisito de la designación previa de los municipios para amparar en los mismos obras de conservación y mejora de viviendas y poder solicitar los residentes las ayudas técnicas y económicas que contempla el citado Decreto. En el artículo segundo se definen las circunstancias que deben concurrir en los municipios para acceder a esta condición y el procedimiento para la designación.

Los municipios de la provincia de Córdoba, cuya declaración se contiene en esta Orden, se caracterizan por presentar un alto grado de degradación del parque inmobiliario y unas características arquitectónicas de gran interés, reconocido por la propia Administración mediante la declaración de Conjunto Histórico-Artístico, como ocurre en el caso de Córdoba, Montoro y Priego de Córdoba, o bien mediante incoación del expediente para dicho reconocimiento, casos de Lucena y Zuheros.

Otras circunstancias, recogidas en el artículo segundo del Decreto 238/85, son el bajo nivel de renta e índice de desempleo de la población, por lo que se hace aconsejable la intervención de la Administración Autónoma en estos Municipios, con objeto de aportar las ayudas financieras y técnicas que solucionen el problema de alojamiento de estas capas sociales más desfavorecidas, principales destinatarias de este programa.

En virtud de esta normativa y a propuesta de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, previa petición expresa de estos Ayuntamientos e informe favorable de la Comisión Provincial de la Vivienda de Córdoba, por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:

Primero. Se designan para el programa anual de 1996, en la provincia de Córdoba los siguientes municipios de Actuación Preferente en Rehabilitación a los efectos de los Decretos 238/85 y 213/88, sobre ayudas para obras de conservación y mejora de viviendas.

Baena, Bélmez, Cabra, Córdoba, Dos Torres, Fuente La Lancha, Fuente Tójar, El Guijo, Iznájar, Lucena, Luque, Montilla, Montoro, Pedroche, Posadas, Pozoblanco, Priego de Córdoba, Puente Genil, Rute, San Sebastián de los Ballesteros, Villafranca, Villanueva de Córdoba, Villanueva del Rey, El Viso y Zuheros.

Segundo. Los particulares interesados en obtener los beneficios establecidos en los Decretos 238/85 y 213/88, para las obras de conservación y mejora de sus viviendas y que reúnan los requisitos definidos para los promotores y sus viviendas, dispondrán del plazo de dos meses desde la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para presentar sus solicitudes ante los Ayuntamientos respectivos.

Tercero. La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento.

Sevilla, 17 de octubre de 1995

FRANCISCO VALLEJO SERRANO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

Ilmos. Sres.: Viceconsejero, Secretario General Técnico, Director General de Arquitectura y Vivienda y Delegado

Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de Córdoba

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