Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 143 de 14/11/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

RESOLUCION de 30 de octubre de 1995, del Servicio Andaluz de Salud, mediante la que se delega en el Director del Distrito Sanitario de Santa Fe (Granada), la competencia para celebrar y suscribir, en su ámbito, sendos convenios de colaboración con los Ayuntamientos de Moclín y Pinos Puente.

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A N T E C E D E N T E S

Por parte del Distrito Sanitario de Santa Fe (Granada) se pone de manifiesto la problemática inherente al mantenimiento y conservación de determinados consultorios que, no obstante estar adscritos al citado Distrito, son propiedad de los respectivos Ayuntamientos en los que se encuentran ubicados.

El posible conflicto de competencias entre ambas Administraciones ha dado lugar en algunos casos, como es el de los citados Ayuntamientos de Moclín y Pinos Puente, a que las instalaciones experimenten un progresivo deterioro, que afecta tanto a las condiciones laborales del personal del Servicio Andaluz de Salud como a los usuarios de los servicios prestados en las citadas instalaciones. Como solución a esta problemática, y resultado de las negociaciones mantenidas entre la Delegación Provincial de la Consejería de Salud en Granada, la Subdirección de Presupuestos del Servicio Andaluz de Salud, los representantes del Distrito Sanitario y los Ayuntamientos implicados, y conforme a lo previsto en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, de Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local,

se alcanzó el acuerdo de formalizar sendos convenios de colaboración en virtud de los cuales el Ayuntamiento de Moclín se compromete a ejecutar las obras de reforma de los Consultorios de Olivares y Tiena, de acuerdo con los proyectos elaborados por la Escuela Taller de Moclín, mientras que el Ayuntamiento de Pinos Puente se compromete a ejecutar las obras de reforma del Consultorio de Trasmulas, en idénticas condiciones, comprometiéndose el Servicio Andaluz de Salud a correr con el pago de los materiales necesarios para la ejecución de la obra, hasta un importe de tres millones de pesetas en el caso del Ayuntamiento de Moclín, y de dos millones de pesetas en el de Pinos Puente.

Por lo anteriormente expuesto, en ejercicio de las competencias que me atribuye el artículo 6 de la Ley 6/1986, de 6 de mayo, del Servicio Andaluz de Salud, concretadas en el artículo 9.2 del Decreto 208/1992, de 30 de diciembre, de estructura orgánica básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, y en el artículo

12,3 g) del Decreto 80/87, de 25 de marzo, de ordenación y organización del Servicio Andaluz de Salud, en cuanto no está expresamente derogado, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, existiendo circunstancias que lo hacen conveniente

R E S U E L V O

Delegar en el Director del Distrito Sanitario de Santa Fe (Granada) la competencia para la celebración y firma de sendos convenios de colaboración con los Ayuntamientos de Moclín y Pinos Puente, en los términos antes indicados, con objeto de reformar las instalaciones de los Consultorios de Olivares, Tiena y Trasmulas.

Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, al objeto de dar cumplimiento a lo previsto en el número 3 del citado artículo 13 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 30 de octubre de 1995.- El Director Gerente, Ignacio Moreno Cayetano.

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