Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 143 de 14/11/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 30 de octubre de 1995, por la que se convoca Premio Extraordinario de Bachillerato correspondiente al curso 1994/95.

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La Orden de 23 de octubre de 1991 (BOE del 31 de octubre), por la que se establecen los requisitos y el procedimiento para la concesión de los Premios Extraordinarios de Bachillerato dispone en su disposición undécima que las Comunidades Autónomas con plenas competencias en materia de Educación podrán convocar Premios Extraordinarios de Bachillerato en sus ámbitos territoriales respectivos.

Por todo lo anterior, esta Consejería de Educación y Ciencia ha resuelto:

Primero. Se convocan los Premios Extraordinarios de Bachillerato correspondientes al curso 1994/95 en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Segundo. 1. Podrán optar al Premio Extraordinario, aquellos/as alumnos/as que hayan terminado sus estudios de Bachillerato en el curso 1994/95, y cuya media resultante de las calificaciones obtenidas en los tres cursos de Bachillerato Unificado Polivalente, sea igual o superior a 8,5 puntos.

2. La calificación media se obtendrá teniendo en cuenta todas las materias cursadas por el/la alumno/a, tanto comunes como optativas, excepto las de carácter voluntario. A las calificaciones se les asignará el siguiente valor numérico:

Suficiente: 5,5 puntos.

Bien: 6,5 puntos.

Notable: 7,5 puntos.

Sobresaliente: 9 puntos.

Tercero.1. En cada provincia podrá concederse un Premio Extraordinario de Bachillerato por cada 1.000 alumnos/as, o fracción superior a 500, matriculados/as en 3.º de Bachillerato Unificado Polivalente. En las provincias en que el número de alumnos/as matriculados/as fuese inferior a 500 podrá concederse un Premio Extraordinario.

2. A los efectos previstos en el párrafo anterior, se tendrán en cuenta tanto los/as alumnos/as de Centros Públicos como de Centros Privados y los/as alumnos/as matriculados/as en la modalidad de enseñanza a distancia.

Cuarto. 1. Los/las alumnos/as que, reuniendo los requisitos establecidos en el apartado anterior, deseen optar al Premio Extraordinario, deberán inscribirse en el Centro en el que se encuentre su expediente académico.

2. El plazo de inscripción de los/las alumnos/as que concurran a estos premios será de diez días naturales, contados a partir de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

3. Los alumnos/as y los/as Secretarios/as de sus respectivos Centros deberán cumplimentar el modelo de inscripción que se incluye como anexo a la presente convocatoria.

4. Finalizado el plazo de inscripción, los Secretarios/as de los Centros remitirán a la Delegación Provincial de Educación y Ciencia las inscripciones que obren en su poder.

Quinto. Las pruebas se celebrarán el día 2 de diciembre de 1995 en los locales que habiliten al efecto las

Delegaciones Provinciales, debiendo comunicarlo con antelación a todos los Centros que hubieren inscrito alumnos/as en la presente convocatoria.

Sexto. Las pruebas constarán de los ejercicios siguientes:

Primer Ejercicio.

a) Redacción sobre un tema de carácter general, histórico o literario.

b) Traducción directa e inversa de la lengua extranjera cursada por el alumno.

Segundo Ejercicio.

Cuestiones o ejercicios prácticos sobre las materias

comunes del Bachillerato Unificado y Polivalente.

Séptimo. 1. Las Delegaciones Provinciales nombrarán

los tribunales, uno por cada provincia. Serán coordinados por el/la presidente/a del Tribunal que, entre los nombrados, sea designado por el Director General de Planificación del Sistema Educativo y Formación Profesional.

Los tribunales estarán constituidos por funcionarios/as docentes, pertenecientes al Cuerpo de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa y por profesores/as numerarios de Enseñanza Secundaria.

2. Cada Tribunal estará compuesto por un/a presidente/a y cuatro vocales especialistas en las diversas materias que compongan la prueba, elegidos por el/la Delegado/a Provincial correspondiente. Actuará como Secretario/a de cada tribunal el/la vocal de menor antig?edad en el Cuerpo.

3. En caso de ser necesario, los presidentes podrán

proponer a los/las Delegados/as Provinciales la incorporación a los tribunales de asesores/as especialistas.

Octavo. 1. Corresponde a los/las Presidentes/as de los Tribunales:

a) Elaboración de las pruebas.

b) Coordinación de los criterios de evaluación de las mismas.

2. Corresponde a cada uno de los Tribunales:

a) Corrección y evaluación de las pruebas.

b) Resolución de las reclamaciones que pudieran presentarse.

Noveno. Una vez evaluadas las pruebas se harán

públicos los listados con las calificaciones provisionales en los tablones de anuncios de los lugares de realización de éstas.

Décimo. Publicadas las mismas, los/as alumnos/as

examinados/as, sus padres o representantes legales podrán presentar las alegaciones que estimen oportunas mediante escrito dirigido al/la Presidente/a del Tribunal, en el plazo máximo de cinco días siguientes al de la exposición. Estudiadas y resueltas las alegaciones que pudieran

presentarse se harán públicos los listados con las calificaciones definitivas. El trámite de notificación se entenderá

efectuado con dicha Resolución.

Contra esta resolución podrá interponerse recurso

ordinario ante la Excma. Sr. Consejera de Educación y

Ciencia.

Undécimo. Los/as alumnos/as que obtengan premio

extraordinario podrán optar al Premio Nacional de Bachillerato.

Duodécimo. Se autoriza a la Dirección General de

Planificación del Sistema Educativo y Formación Profesional a adoptar las medidas oportunas para el desarrollo de

la presente Orden.

Decimotercero. La presente Orden entrará en vigor

al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Decimocuarto. Contra la presente Orden que pone

fin a a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a partir de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta Consejería de Educación y Ciencia, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa y 110.3 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 30 de octubre de 1995

INMACULADA ROMACHO ROMERO

Consejera de Educación y Ciencia

A N E X O

Apellidos y nombre.......................................... Fecha de nacimiento ............. Lugar..................... Domicilio.......................

Centro en que cursó sus estudios............................. Idioma elegido.......

Asignaturas optativas......................

Desea tomar parte en las pruebas para la obtención

del Premio Extraordinario de Bachillerato convocadas por la Orden de 30 de octubre de 1995 de la Consejería

de Educación y Ciencia.

(Firma)

Ilmo./a. Sr./a. Delegado/a Provincial de Educación y Ciencia.

El/la Secretario/a del Centro.................

de..............................

Certifica: Que el/la alumno/a..........

ha alcanzado una nota media de , en las calificaciones obtenidas en los tres cursos de BUP, por lo que reúne los requisitos establecidos en la Orden de

30 de octubre de 1995, a fin de participar en las pruebas para la obtención del Premio Extraordinario de Bachillerato.

...........de.......... de 1995

(Firma y Sello)

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