Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 147 de 14/11/1995

1. Disposiciones generales

Consejería de Gobernación

ACUERDO de 26 de septiembre de 1995, del Consejo de Gobierno, por el que se declara la urgente ocupación, a los efectos de expropiación forzosa por el Ayuntamiento de Bailén (Jaén) de los bienes y derechos afectados por las obras comprendidas en el proyecto de urbanización de la calle de nueva apertura entre las calles Méjico y Donantes de Sangre, en dicha localidad.

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El Ayuntamiento de Bailén (Jaén) acordó en sesión celebrada el día 2 de febrero de 1995 iniciar el expediente de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para la ejecución de las obras comprendidas en el proyecto de urbanización de la calle de nueva apertura entre las calles Méjico y Donantes de Sangre en dicha localidad, aprobando a continuación la relación de bienes y derechos con expresión de los titulares afectados por el citado proyecto, al tratarse de una actuación prevista en la Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de dicha localidad, aprobado con carácter definitivo por la Comisión Provincial de Urbanismo de Jaén con fecha 5 de junio de 1992, una vez entendida la declaración de utilidad pública de las obras, al amparo de lo establecido en el artículo 132 del Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio.

Posteriormente, la Corporación acordó solicitar del Consejo de Gobierno de esta Comunidad la declaración de urgente ocupación de los bienes afectados, habida cuenta de las circunstancias que concurren en el presente caso y que vienen dadas por la urgente necesidad de comenzar las obras incluidas en el citado proyecto, y que tienen como finalidad facilitar el acceso de la mayoría de los escolares adscritos al Colegio Público Virgen de Zocueca, evitando la actual travesía por los aledaños de la Avda. de Andújar (antigua Carretera Nacional), con un intenso tráfico rodado. Asimismo, las obras en cuestión facilitarán el acceso al Centro Comarcal de Salud de los usuarios procedentes de Bailén y Baños de la Encina, y que actualmente se realiza en esta zona carente de la infraestructura urbanística adecuada.

Identificados plenamente los bienes objeto de ocupación y practicada información pública mediante inserción

del oportuno edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm. 85 de fecha 15 de abril de 1995, Diario Jaén de fecha 24 de marzo del mismo año y Tablón de anuncios del Ayuntamiento, se ha presentdo un único escrito de alegaciones suscrito por don Juan Francisco Pinalla García, en el que se manifiesta que la superficie a expropiar debe ser de 476 metros cuadrados, en lugar de la reflejada en el proyecto de Urbanización aprobado, y de otra parte, que es titular de la finca objeto de expropiación, aportando a tal efecto copia de la escritura de partición de herencia.

Respecto de dichas alegaciones han sido por la Corporación, desestimada la primera, por improcedente, al ser la superficie objeto de expropiación de 451,17 metros cuadrados, y estimada la segunda teniéndosele por titular de la finca que se expropia.

Dado que las circunstancias relacionadas justifican debidamente el empleo de este procedimiento por parte de la Corporación interesada, procede acceder a la solicitud formulada por la misma y declarar, en su consecuencia, la urgente ocupación pretendida al entenderse cumplidos los requisitos exigidos por el artículo 56 del Reglamento de Expropiación Forzosa, en relación con el

52 de la Ley.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía confiere competencia exclusiva a esta Comunidad Autónoma en materia de Régimen Local, correspondiendo su ejercicio al Consejo de Gobierno, a tenor de lo establecido en la Disposición Final Segunda de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de

Gobernación, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 26 de septiembre de 1995.

A C U E R D A

Se declara la urgente ocupación a los efectos de expropiación forzosa por el Ayuntamiento de Bailén (Jaén) de

los bienes y derechos afectados por las obras comprendidas en el proyecto de urbanización de la calle de nueva apertura entre las calles Méjico y Donantes de Sangre en dicha

localidad, de conformidad con lo previsto en el artículo

52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, y cuya descripción es la siguiente:

Finca: Urbana. Término municipal de Bailén (Jaén).

Titulares: Don Juan Francisco Pinalla García, en su

calidad de propietario y doña Dolores García Pérez, como usufructuaria.

Superficie total de la finca: 7 áreas, 33 centiáreas,

21 centímetros cuadrados.

Superficie objeto de ocupación: 451,17 metros cuadrados.

Linderos: Linda al Norte con Juan Francisco Pinalla

García; antes Agustín López Herrera; al Sur, Polideportivo Municipal 19 de Julio, antes Victoriano López Herrera; al Este, con calle Méjico, antes Manuel de la Chica Sáez;

y al Oeste, con calle Donantes de Sangre en su confluencia con calle Dulce María Loynaz, antes herederos de José

Barreda.

Datos catastrales: Fracción sur de la parcela catastral

1567007.

Datos registrales: Inscrita en el Registro de la Propiedad en el Tomo 829, libro 274 de Bailén, folio 97, finca

15.807, inscripción 5.ª No constan cargas.

Sevilla, 26 de septiembre de 1995

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación

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