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De conformidad con el artículo 3.3 del Decreto 472/1994, de 27 de diciembre, sobre prórroga del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio de 1995, se prorrogan los créditos destinados a subvenciones y ayudas.
Entre dichos créditos, figuran las ayudas establecidas en el artículo cuatro del Decreto 238/1988, de 21 de junio, consistentes en subvencionar en siete puntos el interés de los préstamos que tuvieran concertados las entidades locales con el Banco de Crédito Local y cualquiera otra entidad financiera al 31 de diciembre de 1987
Por ello, en uso de las facultades que tengo conferidas por la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía en la redacción dada por las Leyes 9/1987, de 9 de diciembre y
6/1990, de 29 de diciembre y el Decreto 238/1988, de 21 de junio.
D I S P O N G O
Primero. Subvencionar a las entidades locales que se indican seguidamente con las cantidades que se expresan para el presente ejercicio de 1995, de conformidad con lo establecido en los artículos 3 y 4 del Decreto 238/1988, de 21 de junio, sobre medidas de saneamiento de las haciendas locales. Estas subvenciones se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria
12.01.461.00.81A.
Provincia: Almería.
Abla: 1.203.753.
Antas: 1.332.168.
Arboleas: 1.332.547.
Chirivel: 1.100.309.
Oria: 476.656.
Provincia: Cádiz.
Castellar de la Frontera: 1.059.513.
Diputación Provincial de Cádiz: 20.000.000. Jimena de la Frontera: 6.738.624.
La Línea de la Concepción: 15.000.000.
El Puerto de Santa María: 15.000.000.
Provincia: Córdoba.
Luque: 254.990.
Torrecampo: 234.772.
Provincia: Granada.
Alhama de Granada: 166.370.
Illora: 2.586.195.
Motril: 12.000.000.
Santa Fe: 2.836.620.
Provincia: Huelva.
Aracena: 6.717.803.
Paterna del Campo: 948.840.
Villarrasa: 750.709.
Provincia: Jaén.
Albáchez de Ubeda: 411.163.
Bedmar y Garcíez: 1.206.776.
Cazorla: 4.915.752.
Espelúy: 137.015.
Lopera: 206.048.
Quesada: 7.510.339.
Santisteban del Puerto: 1.817.405.
Provincia: Málaga.
Casarabonela: 471.328.
Coín: 10.126.006.
El Rincón de la Victoria: 12.000.000.
Torrox: 10.214.576.
Vélez-Málaga: 15.000.000.
Provincia: Sevilla.
Castilblanco de los Arroyos: 2.897.161.
Lora del Río: 12.000.000.
Paradas: 3.535.691.
Santiponce: 1.343.954.
Utrera: 12.000.000.
El Viso del Alcor: 11.502.464.
Segundo. Las mencionadas subvenciones se harán efectivas a las entidades locales para que éstas, a su vez, lo hagan a la entidad bancaria prestamista.
Tercero. Las subvencviones se justificarán ante la Consejería de Gobernación, Dirección General de Administración Local y Justicia, en la forma prevista en el artículo 38 del Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía.
Cuarto. Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora en caso de incumplimiento de la obligación de justificación, incumplimiento de la finalidad para la que fue concedida la subvención e incumplimiento de las condiciones establecidas en el Decreto
238/1988, de 21 de junio.
Quinto. La presente Orden será notificada a cada Corporación subvencionada y publicada en el BOJA a los efectos consiguientes.
Sevilla, 13 de noviembre de 1995
CARMEN HERMOSIN BONO
Consejera de Gobernación
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