Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 156 de 5/12/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 29 de noviembre de 1995, de la Secretaría General Técnica, por la que se notifica la resolución de rectificación de error material detectado en la de 24 de noviembre de 1994 al recurso ordinario, interpuesto por doña M.ª Paz Avilés Gil contra la resolución que se cita. Expediente sancionador núm. 82/94.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común e intentada sin efecto la notificación personal a la recurrente doña M.ª Paz Avilés Gil, de la resolución de la Excma. Sra. Consejera de Gobernación de rectificación de error material detectado en la resolución recaída en el expediente 82/94 procede a hacer pública la misma al no haberse podido practicar en su domicilio, reproduciéndose a continuación el texto íntegro:

«En la ciudad de Sevilla, a quince de septiembre de mil novecientos noventa y cinco.

Visto el recurso ordinario interpuesto y en base a los siguientes

ANTECEDENTES

UNICO

Por resolución de esta Consejería de fecha 24 de noviembre de 1994, se procedió a desestimar el recurso interpuesto contra la Resolución dictada por el Ilmo. Sr. Delegado de Gobernación en Almería recaída en el expediente sancionador núm. 82/94. En dicha resolución en el antecedente primero se especifica como sanción impuesta la cantidad «de 50.000 ptas. de multa¯ cuando debería haberse expresado la cantidad «de 20.000 ptas. de multa¯.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

UNICO

El artículo 105.2 de la Ley 30/92 de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento administrativo común establece que en cualquier momento podrá la Administración rectificar los errores materiales o de hecho y los aritméticos.

Por todo ello, resuelvo la rectificación del error material detectado en la resolución de 24 de noviembre de 1994, debiendo entenderse que en el antecedente 1.º donde se dice la cantidad «de 50.000 ptas. de multa¯ debe decir la cantidad «de 20.000 ptas. de multa¯.

Contra la presente resolución, -dictada en virtud de la Orden de 29 de julio de 1985, de delegación de atribuciones- que agota la vía administrativa, se podrá interponer ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo previsto en el art. 58 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, de 27 de diciembre de 1956, previa comunicación a este órgano administrativo de conformidad con el art. 110.3 de la Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común. (El Viceconsejero de Gobernación, P.D. (Orden 29.7.85) Fdo.: José A. Sáinz-Pardo Casanova).

Sevilla, 29 de noviembre de 1995.- La Secretaria General Técnica, Ana Isabel Moreno Muela.

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