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En el recurso contencioso-administrativo número 846/93, interpuesto por Simeón Ruiz, S.L., contra resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de 9 de diciembre de 1992, la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla (sección 1.ª) del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dictado Sentencia con fecha 2 de septiembre de
1994, que es firme, cuya parte dispositiva literalmente dice:
F A L L A M O S
Debemos estimar y estimamos el recurso interpuesto por el Procurador Sr. García Sainz en nombre de Simeón Ruiz, S.L., contra resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía, de 9 de diciembre de 1992 desestimatoria del recurso de alzada deducido contra otra de la Delegación Provincial de Economía y Hacienda de Córdoba dictada el 31 de enero de 1992 en el expediente núm. 138/91 por la que se imponía una multa de 50.000 pesetas por aprovechamiento de recursos de la Sección A sin autorización administrativa, que anulamos por no ajusta a Derecho. Sin costas.
En virtud de la delegación de competencias, por Orden de 11 de octubre de
1994, y de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos, de la expresada Sentencia, así como su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 17 de noviembre de 1995.- El Viceconsejero, Juan Carlos Cabello Cabrera.
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