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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo y Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 19 de septiembre de 1994 por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el recurso contencioso-administrativo núm. 2329/92, promovido por Alcampo, S.A., sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Estima el recurso interpuesto por la Procuradora doña Isabel Serrano Peñuela en nombre y representación de Compañía Alcampo, S.A. que impugna en estos autos la resolución de 17 de septiembre de 1992 de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Trabajo de la Junta de Andalucía, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra la resolución de 25 de marzo de 1992, dictada por la Delegación Provincial en Granada de dicha Consejería en expediente número 69/92, que impuso a la actora sanción de 500.000 pesetas por supuesta infracción del artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores. Anulando los actos impugnados por no ser conformes a Derecho. Sin expresa imposición de costas a ninguna de las partes.
Sevilla, 6 de febrero de 1995.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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