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Por la Dirección General de Administración Local y Justicia se instruyó expediente de segregación del núcleo de población de Arroyo del Ojanco, dependiente del Municipio de Beas de Segura (Jaén), para constituirse en nuevo e independiente municipio, que culminó en el Decreto 469/1994, de 13 de diciembre, por el que se aprueba dicha segregación, en ejecución de la Sentencia dictada el 5 de abril de 1993 por la Sala de lo Contencioso Administrativo en Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Un día antes a su publicación (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, número 16, de 28.1.95), se tiene conocimiento del Auto dictado por la Sala citada de fecha 27 de enero de 1995, por el que se requiere al Consejo de Gobierno de esta Comunidad Autónoma para que se abstenga de llevar a cabo acto de ejecución alguno de la Sentencia recaída en el recurso 176/91, hasta que la misma lo acuerde.
Dicho requerimiento trae su fundamento en el Auto anterior de fecha 25 de enero de 1994, del que se ha tenido noticia por esta Consejería con posterioridad a la aprobación del citado Decreto, por el que se denegaba la petición de ejecución forzosa instada por la Comisión Promotora de Arroyo del Ojanco de la Sentencia mencionada, al estar pendiente de resolución el recurso de queja planteado ante la Sala competente del Tribunal Supremo, interpuesto por la representación del Ayuntamiento de Beas de Segura, por denegación en su día de la admisión del recurso de casación presentado, contra la Sentencia que acordó la segregación. Habida cuenta de que tanto la aprobación del Decreto como su posterior publicación en el BOJA se produjeron como consecuencia del desconocimiento del Auto de 24 de enero de 1994, en uso de las facultades atribuidas en el artículo 5 del Decreto 469/1994, de 13 de diciembre, por el que se faculta a la Consejería de Gobernación para la interpretación, desarrollo y ejecución del mencionado Decreto, y de conformidad con lo establecido en el artículo
44.4 de la Ley 6/1983, de 25 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:
Artículo 1. Se supende la ejecución del Decreto 469/1994, de 13 de diciembre, por el que se aprueba la segregación del núcleo de población de Arroyo del Ojanco, perteneciente al Municipio de Beas de Segura (Jaén), para su constitución en nuevo e independiente municipio, en ejecución de la Sentencia dictada el 5 de abril de 1993 por la Sala de lo Contencioso Administrativo en Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en cumplimiento de lo determinado por la Sala de lo Contencioso Administrativo en Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, mediante Auto dictado el 27 de enero de 1995, por el que se insta que se abstenga de llevar a cabo acto de ejecución alguno de la Sentencia recaída en el recurso
176/91, hasta que la Sala lo acuerde.
Artículo 2. Se suspende la vigencia de la Orden de 11 de mayo de 1993, dictada para dar cumplimiento a la Sentencia de 5 de abril de 1993, en atención al Auto emitido por la Sala de lo Contencioso Administrativo de 27 de enero de 1995, hasta tanto adquiera firmeza la expresada Sentencia.
Artículo 3. Póngase esta Orden en conocimiento inmediato del Consejo de Gobierno, para su ratificación.
Sevilla, 2 de febrero de 1995
CARMEN HERMOSIN BONO
Consejera de Gobernación
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