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A tenor de lo dispuesto por los artículos 39.7 y 47 de la Ley 6/1983, de
21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con objeto de conseguir mayor agilidad y eficacia administrativa, se hace necesario acordar la delegación que en la presente Orden se especifica.
En su virtud, y en uso de las atribuciones que me están conferidas por la legislación vigente,
DISPONGO
Artículo único. Se delega en la Delegada Provincial de la Consejería de Salud en Granada, para el solo acto que se expresa, competencia para suscribir un Convenio Singular con la Fundación ONCE, a través de sus Sociedades Instrumentales, cuyo objetivo es la cesión de uso, por parte de la Consejería de Salud, de determinadas dependencias en las instalaciones del Hospital «Virgen de las Nieves«, de Granada, para la instalación y explotación de galerías comerciales, en favor de la mencionada Fundación.
DISPOSICION FINAL
La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 9 de febrero de 1995
JOSE LUIS GARCIA DE ARBOLEYA TORNERO
Consejero de Salud
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