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El Decreto 7/1995, de 17 de enero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda, efectúa determinadas modificaciones en las competencias de los Organos Directivos de la Consejería, atribuyendo a la Dirección General de Tributos e Inspección Tributaria la dirección de la gestión recaudatoria en vía de apremio, anteriormente atribuida a la Dirección General de Tesorería y Política Financiera, y a esta última Dirección General la dirección y control de las funciones relativas a la tutela financiera de los Entes Locales y la cooperación financiera con los mismos.
La Disposición Transitoria del citado Decreto establece que la prestación efectiva de las funciones antes reseñadas se iniciará en la fecha que al efecto se determine por Orden de la Consejería de Economía y Hacienda.
Por ello, y en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO
Artículo único. La prestación efectiva por la Dirección General de Tributos e Inspección Tributaria de las actividades relativas a la dirección de la gestión recaudatoria en vía de apremio, y por la Dirección General de Tesorería y Política Financiera de las funciones referidas a la tutela y cooperación financiera con los Entes Locales se iniciará en la fecha de entrada en vigor de la presente Orden.
DISPOSICION FINAL
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 18 de febrero de 1995
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda
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