Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 38 de 9/3/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 3 de marzo de 1995, del Instituto de Estadística de Andalucía, por la que se convocan premios a trabajos estadísticos.

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La Ley 4/1989, de 12 de diciembre, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Andalucía regula los principios y normas en que se ha de basar la actividad estadística de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y encomienda al Instituto de Estadística de Andalucía, entre otras funciones, el impulso y fomento de la investigación estadística que contribuya a mejorar el conocimiento de la realidad social y económica de Andalucía, así como el perfeccionamiento del personal estadístico. Asimismo la citada Ley establece que «siendo la actividad estadística un servicio al ciudadano se deberán publicar y difundir adecuadamente los resultados de las estadísticas oficiales«. De igual forma, la Ley 6/1993 de 19 de julio, del Plan Estadístico de Andalucía 1993-1996 contempla entre los objetivos generales del citado Plan el fomento de todas aquellas actuaciones que garanticen la calidad de las estadísticas, fundamentalmente las de investigación y formación de personal estadístico especializado.

El Instituto de Estadística de Andalucía, con esta convocatoria, pretende incentivar el uso de la información estadística puesta por el Instituto de Estadística de Andalucía en el Centro Informático Científico de Andalucía (CICA), a disposición de alumnos, profesores, científicos e investigadores que tienen acceso, en conexión remota o local a dicho Centro, como uno de los medios para conseguir los objetivos anteriores. En consecuencia, estimándose necesario incentivar el uso de la información estadística oficial en nuestra Comunidad Autónoma y, de conformidad con lo establecido en la Cláusula Cuarta del Convenio suscrito entre las Consejerías de Economía y Hacienda y de Educación y Ciencia, con fecha 3 de marzo de 1995, este Organismo ha resuelto:

Primero.Con objeto de fomentar la realización de trabajos estadísticos en los que se utilice la información que el Instituto de Estadística de Andalucía tiene puesta en la Red de Informática Científica de Andalucía, RICA, a disposición de sus usuarios, se convocan tres premios destinados a los ámbitos universitarios de docencia, estudios, análisis e investigaciones.

Segundo.Podrán optar a estos premios las personas y grupos que se relacionan:

1º Profesores e investigadores en el desarrollo de sus trabajos de docencia e investigación.

2º Grupos de alumnos dirigidos por profesores e investigadores.

Tercero.La participación en la presente convocatoria podrá efectuarse por los siguientes cauces:

a)Presentación a concurso de los trabajos por parte de los propios autores, ya sea a título individual o colectivo.

b)Presentación de los trabajos por parte de las instituciones o asociaciones, públicas o privadas, en las que estén encuadradas las personas o grupos autores de los trabajos.

Cuarto.Los trabajos que opten a los premios estadísticos 1995, deberán estar finalizados y presentados el día 29 de septiembre de 1995.

Quinto.Las condiciones de presentación serán las siguientes:

a)Los trabajos se presentarán acompañados de la solicitud que figura como Anexo a la presente Resolución.

b)Los trabajos podrán ser presentados conforme a lo establecido en la letra

b) del punto tercero, siempre que conste el consentimiento de su autor o autores.

c)A la solicitud de presentación se acompañarán dos ejemplares completos del trabajo de docencia, estudio, análisis o investigación presentado.

No se admitirán a concurso los trabajos que no estén realizados utilizando la información estadística que el Instituto de Estadística de Andalucía tiene incorporada a la Red Informática Científica de Andalucía RICA, así como los que no reúnan el resto de los requisitos especificados en la presente Resolución.

El plazo de presentación finalizará a las catorce horas del día 29 de septiembre de 1995 y se efectuará en el Registro General del Instituto de Estadística de Andalucía, sito en C/ Marqués del Nervión núm. 40, 41005 Sevilla o en los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sexto.Los premios a conceder son:

Un primer premio por importe de 300.000 pesetas.

Un segundo premio por importe de 200.000 pesetas.

Un tercer premio por importe de 100.000 pesetas.

Séptimo.Los trabajos premiados, por el hecho de serlo, pasan a ser propiedad del Instituto de Estadística de Andalucía que realizará la difusión y empleo que estime conveniente.

Un ejemplar de los trabajos premiados o no podrán ser recogidos por los interesados, en la sede del Instituto de Estadística de Andalucía, en un plazo no superior a un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución de adjudicación premios en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

En todo caso, el Instituto de Estadística de Andalucía conservará un ejemplar de cada trabajo presentado a concurso.

Octavo.El examen y selección de los trabajos presentados se hará por el Jurado cuya composición se detalla:

Presidente: El Director del Instituto de Estadística de Andalucía. Vocales:

El Director del Centro Informático Científico de Andalucía. La Secretaria General del Instituto de Estadística de Andalucía. El Subdirector Técnico del Instituto de Estadística de Andalucía. El Delegado Provincial del Instituto Nacional de Estadística en Sevilla. Dos representantes de la Consejería de Educación y Ciencia.

Secretario: El Jefe del Gabinete Técnico del Instituto de Estadística de Andalucía.

El Jurado podrá recabar, si lo estima oportuno, el asesoramiento de los técnicos que considere adecuados para la valoración de los trabajos presentados.

La valoración de los trabajos se efectuará de acuerdo con los siguientes criterios de valoración:

1º Características y alcance del trabajo desarrollado con el uso de la información estadística depositada en el CICA.

2º Grado de utilización de la información estadística y su importancia en la consideración final del trabajo.

Los premios podrán declararse desiertos si, a juicio del Jurado, los trabajos presentados no alcanzan la calidad suficiente para considerarse acreedores a los mismos.

El Jurado se regirá por lo establecido en los artículos 22 a 27 de la Ley

30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Noveno.El acuerdo del Jurado, que se producirá en el plazo de un mes contado a partir del último día de presentación de los trabajos, se hará público mediante Resolución del Instituto de Estadística de Andalucía, que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Décimo.La presentación de los trabajos a concurso, supone la plena aceptación de la presente Resolución.

Undécimo.Todas las incidencias no previstas en la presente Resolución serán resueltas por el Instituto de Estadística de Andalucía o por el Jurado, cuando éste quede constituido.

Sevilla, 3 de marzo de 1995.- El Director, Rafael Martín de Agar y Valverde.

ANEXO

CONVOCATORIA DE PREMIOS A TRABAJOS

ESTADISTICOS 1995

SOLICITUD DE PARTICIPACION

I. Datos del solicitante

Apellidos

Nombre DNI

Profesión

Domicilio

Municipio y código postal

Provincia Teléfono de contacto

Presenta la solicitud

ª a título individual.

ª como representante y en nombre de la Institución o Asociación:

con NIF y domicilio en

Autores del trabajo presentado:

Nombre y apellidos Domicilio DNI

II. Datos del Trabajo que presenta

Título del trabajo

Realizado por:

ª Profesoresª Investigadoresª Alumnos

III. Solicitud

Solicita ser admitido como participante en los premios a trabajos estadísticos 1995, para lo que adjunta dos ejemplares del trabajo reseñado anteriormente así como su documentación complementaria.

(Fecha y firma)

Ilmo Sr. Director del Instituto de Estadística de Andalucía.

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