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Vistas las peticiones formuladas por los Ayuntamientos de Alfarnate, Cuevas Bajas, Humilladero y Sierra de Yeguas, pertenecientes a la Provincia de Málaga, en sesiones celebradas respectivamente los días 28 de octubre, 5 de noviembre, 2 de noviembre y 2 de febrero de 1995, integrantes de la Agrupación constituida para el sostenimiento en común de un puesto único de Secretaría, relativa a la creación de un puesto de colaboración inmediata, de conformidad con lo establecido en el artículo 165.1 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, 2.g) del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional y en el Decreto
467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena, de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, y Tercera, del Real Decreto
1732/1994, de 29 de julio, relativas al régimen de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Esta Dirección General ha resuelto:
Artículo único:
1. Se crea en la Agrupación para el sostenimiento en común de un puesto único de Secretaría constituida entre los municipios de Alfarnate, Cuevas Bajas, Humilladero y Sierra de Yeguas, pertenecientes a la Provincia de Málaga, un puesto de colaboración, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional con la denominación de Intervención agrupada.
2. Clasificar el mencionado puesto de trabajo como Secretaría de Clase tercera, quedando adscrito al mismo con carácter definitivo D. Daniel Sánchez Gutiérrez.
Sevilla, 23 de febrero de 1995.- El Director General, Jesús María Rodríguez Román.
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