Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 59 de 18/4/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 22 de marzo de 1995, sobre modificación del Plan General Municipal de Ordenación de Málaga, artículos 49 y 346 de las normas urbanísticas.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Examinado el Expediente de Modificación del Plan General Municipal de Ordenación de Málaga que tiene por objeto la modificación de los artículos 49 y 346 de las Normas Urbanísticas del citado Plan para su adaptación a la legislación urbanística vigente, aprobado provisionalmente por el Pleno del Ayuntamiento de Málaga el 24 de junio de 1994, y elevado a esta Consejería para su aprobación definitiva, en virtud de los artículos 118.3.a y

128.1 del Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1992 de 26 de junio, y apartado 10 del artículo 5.2 del Decreto 77/1994, de 5 de abril, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, determinándose los órganos a los que se atribuyen.

Atendiendo a lo dispuesto en los anteriores textos legales y visto el informe de la Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Andalucía, emitido en Sesión de 16 de marzo de 1995 tras el análisis del realizado por la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo y en virtud de lo previsto en el apartado 10 del artículo 5.2 del Decreto 77/1994 de 5 de abril, en relación al artículo 118.3.a del Texto Refundido de la Ley del Suelo y Ordenación Urbana.

HE RESUELTO

Primero. Aprobar definitivamente la Modificación del Plan General Municipal de Ordenación de Málaga que tiene por objeto la modificación de los artículos 49 y 346 de las Normas Urbanísticas del citado Plan para su adaptación a la legislación urbanística vigente.

Segundo. La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de acuerdo con lo previsto en el artículo 29 del Decreto 77/1994, y se notificará al Ayuntamiento de Málaga y a los interesados.

Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados a partir del día de su última publicación o, en su caso, notificación previa comunicación a esta Consejería, todo ello de conformidad con la legislación vigente en materia de procedimiento administrativo y contencioso administrativo.

Sevilla, 22 de marzo de 1995

FRANCISCO VALLEJO SERRANO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

Descargar PDF