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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Córdoba, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
D I S P O N G O
Autorizar las tarifas de Transporte Urbano que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
SERVICIO MUNICIPAL DE TRANSPORTE URBANO DE VIAJEROS DE CABRA (CORDOBA)
Tarifas autorizadas
Concepto IVA incluido
Billete de ida 55 ptas. Billete de vuelta 55 ptas. Bono-Bus (10 billetes) 450 ptas.
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.
Sevilla, 9 de mayo de 1995
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda
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