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Conforme al contenido de la Orden Conjunta de las Consejerías de Industria, Comercio y Turismo y Educación y Ciencia de fecha 7 de noviembre de 1994, por la que se procede a la distribución de créditos del Programa
42B de «Investigación Científica«.
De acuerdo con el contenido de los convenios suscritos para la formación de personal investigador en empresas de Andalucía con las entidades: Unicaja, Acerinox, S.A., e Intercontinental Química, S.A. Habiendo concluido los períodos de tiempo establecidos en cada uno de los Convenios anteriormente citados y en virtud de lo establecido en las cláusulas décima y undécima de los mismos. Esta Consejería ha dispuesto:
Primero.
1.Prorrogar por un año el período de disfrute de las becas de Formación de Personal Investigador en colaboración con la empresa Intercontinental Química, S.A., convocadas por Orden de 30.7.93 (BOJA núm. 93 de fecha
28.9.93) en los términos señalados en el Anexo I.
2.Prorrogar por un año el período de disfrute de las becas de Formación de Personal Investigador en colaboración con la empresa Acerinox, S.A., convocadas por Orden de 23.6.93 (BOJA núm. 78 de fecha 20.7.93) en los términos señalados en el Anexo II.
3.Prorrogar por un año las becas de Formación de Personal Investigador en colaboración con Unicaja, convocadas por Orden de 11 de noviembre de 1991 (BOJA núm. 108 de fecha 10.12.91) en los términos señalados en el Anexo III.
Segundo. La dotación de las becas, con una duración de doce meses cada una de ellas, cubrirá los siguientes aspectos:
1.Una asignación de 95.000 pesetas brutas mensuales para titulación superior.
2.Una asignación de 75.000 pesetas brutas mensuales para titulación media.
3.Un seguro combinado de accidentes individuales, intervención quirúrgica, hospitalización y asistencia médica. Este último es extensible al cónyuge e hijos del beneficiario siempre que no posean cobertura de la Seguridad Social.
4.Para las convocadas por Orden de 11 de noviembre de 1991: Ayuda Complementaria de 10.000 pesetas mensuales para el Departamento o Centro Universitario donde figuren adscritos becarios.
Tercero. La percepción de la beca será incompatible con cualquier otra retribución, beca o ayuda no autorizada expresamente por la Dirección General de Universidades e Investigación.
Cuarto. Los beneficiarios están obligados a:
1.Desarrollar eficazmente el Plan de Trabajo presentado, de conformidad con las indicaciones del Director del Proyecto.
2.Enviar a la Dirección General de Universidades e Investigación una memoria anual sobre el desarrollo de la Investigación, en la que deberá constar la conformidad del Director del Proyecto.
3.Una vez finalizado el período para el que se ha concedido la beca, deberá presentar a la Dirección General de Universidades e Investigación una memoria final sobre la labor realizada con la valoración del Director del Proyecto.
4.La no observancia de estas normas supondrá la anulación de la beca concedida.
Quinto. Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa cabe interponer en el plazo de dos meses, a partir de su publicación, recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta Consejería de Educación y Ciencia, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y el artículo 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 12 de diciembre de 1994
INMACULADA ROMACHO ROMERO
Consejera de Educación y Ciencia
ANEXOI
Nombre de la empresa: Interquisa.
Duración de la prórroga: Desde el 1 de agosto de 1994 hasta el 30 de julio de 1995.
Beneficiario: Benítez Vallejo, Juan Francisco.
DNI: 75.862.829.
Titulado Superior.
ANEXOII
Nombre de la empresa: Acerinox.
Duración de la prórroga: Desde el 1 de julio de 1994 hasta el 30 de junio de
1995.
Beneficiarios:
Andrés de la Fuente, Esperanza.
DNI: 27.300.646.
Titulado Superior.
De Leyva Rodríguez, Mª Cristina.
DNI: 31.849.389.
Titulado Superior.
González Román, Diego.
DNI: 33.359.857.
Titulado Superior.
Lobato Salguero, Juan Manuel.
DNI: 31.843.407.
Titulado Superior.
López de Ahumada Gutiérrez, Mª Inmaculada.
DNI: 29.796.468.
Titulado Superior.
Pérez Flores, Miguel Benito.
DNI: 52.285.376.
Titulado Medio.
ANEXOIII
Nombre de la empresa: Unicaja.
Duración de la prórroga: Desde el 1 de julio de 1994 hasta el 30 de junio de
1995.
Se concede una ayuda complementaria de 10.000 pesetas mensuales para el Departamento donde el becario realice sus Investigaciones.
Universidad de Granada:
González Casado, Antonio.
DNI: 24.215.304.
Titulado Superior.
Universidad de Málaga:
Berrocal Montiel, Carmen.
DNI: 25.096.277
Titulado Superior.
García Gómez, Juan Francisco.
DNI: 25.106.949
Titulado Superior.
Universidad de Sevilla:
Muñiz Guinea, Manuel Antonio.
DNI: 28.899.265
Titulado Superior.
C.S.I.C. de Sevilla:
Guillent Servent, Antonio.
DNI: 22.691.544
Titulado Superior.
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