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A solicitud de la Asociación de Ganaderos de Porcino denominada «Torrecampo« para que le fuese concedido el título de Agrupación de Defensa Sanitaria denominada «Torrecampo« a la por ellos constituida, situada en el término de Torrecampo (Córdoba).
Visto los informes preceptivos y realizadas las comprobaciones sanitarias previstas en la legislación vigente, artículo 1º punto 3, del Real Decreto
791/1979 de 20 de febrero (BOE núm. 95, de 20.4.79); apartados I y IV de la Orden Ministerial de Agricultura de 21 de octubre de 1980 (BOE núm. 262, de
31.10.80) y la Resolución de la Dirección General de Producción Agraria de 9 de febrero de 1982 (BOE núm. 53, de 3.3.82), he venido en uso de las atribuciones que me están conferidas por el Estatuto de Autonomía de Andalucía y el Decreto 220/1994 de 6 de septiembre (BOJA núm. 142, de
10.9.94), a conceder con fecha 10 de abril de 1995 el título de Agrupación de Defensa Sanitaria a la citada Asociación. Notifíquese la presente resolución a los interesados y dése traslado a la Subdirección General de Sanidad Animal del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, con el fin de su publicación en el BOE de acuerdo con lo que preceptúa el apartado B punto 2 de la Resolución de 9 de febrero de 1982.
Sevilla, 10 de abril de 1995.- El Director General, Luis Gázquez Soria.
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