Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 83 de 8/6/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales

RESOLUCION de 1 de marzo de 1995, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se acuerda el registro, depósito y publicación del Convenio Colectivo de Sector Comercio de la Piel y Manufacturas Varias de Sevilla y su provincia. (4100795).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Visto el Convenio Colectivo de Sector Comercio de la Piel y Manufacturas varias de Sevilla y su provincia (Código: 4100795), para el período comprendido desde 1-6-93 hasta el 31-5-95, suscrito por la Agrupación Provincial de Comerciantes de Sevilla, U.G.T. y CCº O. Visto lo dispuesto en el art. 90 de la Ley 8/80, de 10 de marzo, según nueva redacción dada por la Ley 42/94, de 30 de diciembre, en relación con el R.D.

1040/81, de 22 de mayo, los convenios colectivos deberán ser presentados ante la Autoridad Laboral de los solos efectos de su registro, publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y remisión, para su depósito, al Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación (C.M.A.C.). Visto lo dispuesto en el art. 2.b del R.D. 1040/81, de 22 de mayo, que dispone que serán objeto de inscripción en los Registros de Convenios de cada una de las Delegaciones de Trabajo los convenios elaborados conforme a lo establecido en el Título III del referido Estatuto, sus revisiones y los acuerdos de adhesión a un convenio en vigor. Esta Delegación Provincial de la Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía.

A C U E R D A

Primero. Registrar el Convenio Colectivo de Sector Comercio de la Piel y Manufacturas Varias de Sevilla y su provincia.

Segundo. Remitir el mencionado Convenio al C.M.A.C. para su depósito.

Tercero. Comunicar este acuerdo a las representaciones económica y social de la Comisión Negociadora, en cumplimiento del art. 3 del R.D. 1040/81, de 22 de mayo.

Cuarto. Disponer su publicación gratuita en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Con la advertencia de que la presente resolución no agota la vía administrativa y que contra ella cabe interponer recurso ordinario, directamente o por conducto de esta Delegación Provincial, ante la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los arts.

114, 116.1 y 48.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre «Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común«.

Sevilla, 1 de marzo de 1995.- La Delegada, P.A. La Secretaria General (Decreto 21/85 de 5.2), Mª de los Angeles Pérez Campanario.

ACTA FINAL DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PARA EL SECTOR DE COMERCIO DE LA PIEL Y MANUFACTURAS VARIAS

Asistentes:

Por Aprocom:

Don Joaquín Lopera Manzano.

Don Manuel Dorado Cortés.

Don José Mª Camacho Martínez.

Por UGT:

Don Javier Cabeza Paredes.

Don Manuel Garrote Moreno.

Doña Mª Victoria Olias Morán.

Don José Luis García Chaparro.

Don Jesús Rebollo Gil (Asesor).

Don Ricardo Acuña Florido (Asesor).

Por CC.OO.:

Don José Mª Maya González.

Don Fco. M. Sabariego Navas.

Don Manuel Blanco Verde (Asesor).

Don Emilio Contrera Rodríguez (Asesor).

En la ciudad de Sevilla, siendo las 10 horas del día 12 de enero de 1995, se reúnen en los locales de la Agrupación Provincial de Comerciantes de Sevilla, sitos en Avda. Blas Infante, núm. 4, 4ª planta, la Comisión Negociadora del Convenio, formada por los Sres. relacionados al margen, pertenecientes a la Agrupación Provincial de Comerciantes de Sevilla, a la Unión General de Trabajadores (UGT) y a Comisiones Obreras (CC.OO.), en cumplimiento de la convocatoria que con carácter previo estaba fijada. Se inicia la sesión dándose lectura al Texto del Convenio Colectivo y Tablas Salariales redactados de acuerdo con lo conocido por las partes. Se procede a la lectura de este Acta Final a la que se adjunta el Texto y las Tablas Salariales del Convenio acordado, que son aprobados por unanimidad y firmadas por todos los asistentes.

Asimismo se acuerda su remisión a la Consejería de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía, Delegación Provincial de Sevilla, interesando también de la misma que una vez registrado el Convenio lo remita para su depósito al Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación de acuerdo con el artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores.

Y no habiendo más asuntos de qué tratar se levanta la sesión, redactándose la presente Acta que firman todos los presentes en prueba de conformidad.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

Descargar PDF