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En el recurso de apelación número 9688-K/1991, interpuesto por la Consejería de la Presidencia de la Junta de Andalucía, contra sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, que es firme, de fecha 22 de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
«Fallamos: 1º Estimar el recurso de apelación promovido contra sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, de fecha de 15 de mayo de
1991, que se revoca en lo que al apelante concierne.
2º Declarar el derecho de la Administración a la comprobación administrativa de valores respecto de los bienes a que la apelación se refiere, confirmando en este punto la resolución dictada por el Tribunal Económico-Administrativo Provincial de Córdoba de fecha 27 de junio de 1989.
3º Anular la comprobación administrativa practicada por la oficina liquidadora en cuanto a los bienes adquiridos por don Tomás del Sagrado Corazón de Jesús, doña María del Rosario, doña María del Valle, doña María de los Angeles y don Jesús Angel Abelda Escudero en escritura de fecha primero de octubre de 1985 de compraventa otorgada por don Joaquín Abaurre Pérez a favor de los citados, para que en su caso, se practique otra ajustada a derecho.
4º No hacer pronunciamiento en cuanto al pago de las costas en ninguna de las instancias«.
En virtud de la delegación de competencias, por Orden de 25 de febrero de
1994, y de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos, de la referida sentencia, así como su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Córdoba, 17 de abril de 1995.- El Delegado, Antonio Hurtado Zurera.
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