Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 99 de 13/7/1995

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

ORDEN de 5 de julio de 1995, por la que se autorizan tarifas de taxis de Cádiz. (PD. 1734/95).

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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Andalucía, en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,

D I S P O N G O

Autorizar las tarifas de Taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

ASOCIACION DE RADIO TAXIS. CADIZ

Tarifas autorizadas

Concepto IVA incluido

Tarifa base:

Bajada de bandera 135. Kilómetro recorrido 71. Hora de espera o parada 1.861. Carrera mínima 344.

Suplementos:

Servicios nocturnos días laborables

(Desde las 22,00 horas a las 6 horas) 79. Servicios festivos

(Desde las 0,00 horas hasta las 24,00 horas) 79. Maletas o bultos superior a 60 cm.

(Excepto carritos de inválidos y bebés) 52.

Servicios especiales:

Corpus, Carnavales, Trofeo, y Semana Santa (Jueves y Viernes) sobre lo marcado en taxímetro 20% Recogida de viajeros en la estación de Renfe y muelles 80. La Caleta, Pto. Zona Franca 103.

Esta Orden surtirá efecto a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.

Sevilla, 5 de julio de 1995

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda

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