Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 107 de 17/09/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 2 de septiembre de 1996, de la Delegación de Gobernación de Cádiz, por la que se presta conformidad a la permuta de una parcela propiedad del Ayuntamiento de Paterna de Rivera, por otra de propiedad particular.

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Por el Ayuntamiento de Paterna de Rivera se remite expediente de permuta de una parcela municipal sita en C/ Arcos, por otra propiedad de don Juan Velasco Madera y de don Jerónimo López Doblas, sita en C/ Cervantes.

En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los arts. 79.1 y 80 del R.D. Legislativo

781/86, 18 de abril, 109.1, 112.2, 113, 114, 118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de 13 de junio de 1986, Ley 7/85, de 2 de abril, Ley 6/83, de 21 de julio, Circular de 14 de septiembre de 1951 y demás preceptos de general aplicación.

El Decreto 29/86, de 19 de febrero, sobre desconcentración de funciones de la Consejería de Gobernación, en su art. 3, confiere a esta Delegación competencia en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones Locales, cuando el valor del bien no supere el 25 % de los recursos ordinarios del Presupuesto anual de la Corporación.

En su virtud, he resuelto prestar conformidad a la permuta de una parcela municipal, sita en C/ Arcos, por otra propiedad de don Juan Velasco Madera y de don Jerónimo López Doblas, sita en C/ Cervantes, siendo la descripción de los bienes a permutar la siguiente:

PROPIEDAD MUNICIPAL

Parcela de 490 m de superficie, segregada de la finca matriz «Verde Palmilla¯ registral 1.225, Tomo 472, Libro 41, Folio 13, inscripción 1ª del Registro de la Propiedad de Medina Sidonia.

Los linderos de la parcela son al Norte: Con avenida Padre Justo; al Sur: Con C/ Tristeza; al Este: Con C/ Arcos y al Oeste: Con C/ Cádiz.

El valor económico de la misma ha sido fijado en 17.000 ptas./m, por lo que el valor total es de 8.330.000 ptas. Por otra parte, la edificación que existe en la parcela se valora en 3.500 ptas./m, por lo que su valor total es de 1.715.000 ptas.

La valoración total de la parcela y de la edificación asciende a la cantidad de 10.045.000 ptas.

PROPIEDAD PARTICULAR

Parcela de propiedad pro indivisa de los Sres. don Juan Velasco Madera y de don Jerónimo López Doblas, con una extención superficial de 570 m, sita en la calle Cervantes, núm. 9, dando fachada en 15 metros a C/ Cervantes, núm.

24.

La referida parcela se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad de Medina Sidonia con el núm. 1.688, Tomo 576, Folio 51, Libro 63, inscripción

El valor económico de dicha parcela ha sido fijado en la cantidad de 15.000 ptas./mm, por lo que el valor total es de 8.550.000 ptas.

En virtud de todo ello, he resuelto.

1º Prestar conformidad a la permuta de una parcela propiedad del Ayuntamiento de Paterna de Rivera, por otra de propiedad particular.

2º Notificar dicha conformidad al Ayuntamiento.

3º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

4º Contra esta Resolución podrá interponerse el recurso ordinario del artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante el Consejero de Gobernación en el plazo de un mes desde la notificación de la misma, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.

Cádiz, 2 de septiembre de 1996.- El Delegado, Francisco Menacho Villalba.

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