Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 11 de 24/01/1996

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Consejería de Economía y Hacienda

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Huelva, por la que se notifica a Barba Rodríguez, SL, Resolución de la Junta Provincial de Hacienda en el expediente de reclamación que se cita. (5/94).

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Intentada sin éxito la notificación directa de la Resolución de referencia Barba Rodríguez, S.L. con domicilio en Doctor Fleming, 8 Valverde del Camino (Huelva) procede efectuar la notificación prevista en el apartado

4 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administrativas Públicas y del Procedimiento Administrativo Común para lo cual se reproduce a continuación el texto íntegro a notificar:

«Junta Provincial de Hacienda.

Reclamación: 5/94.

Presidente: Don Juan F. Masa Parralejo.

Ilmo. Sr. Delegado Provincial de Economía y Hacienda. Vocales:

Doña Carmen Morón Socias.

Intreventora Provincial.

Don Juan A. Garrido Feria.

Jefe Servicio Gestión de Ingresos Públicos - Ponente. Secretario: Don Pedro Pérez-González Toruño. Letrado de la Junta de Andalucía.

En la ciudad de Huelva a 25 de octubre de 1995, reunida la Junta Provincial de Hacienda para ver y fallar la reclamación interpuesta ante la misma con fecha 26 de abril de 1994, por don Tomás Barba Contioso como representante de Barba Rodríguez, S.L., contra acuerdo del Sr. Tesorero de la Delegación en Huelva de la Consejería de Economía y Hacienda sobre apremio núm.

3070/92, correspondiente a la liquidación MT901/91 de la Delegación de la Consejería de Obras Públicas y Transporte, notificado dicho acuerdo el 22 de abril de 1994,por importe de 18.000 pesetas.

Puesto de manifiesto el expediente con fecha 19 de diciembre de 1994, no se han hecho alegaciones ni se ha propuesto prueba alguna.

Considerando: Que la presente reclamación se ha interpuesto en tiempo y forma y por persona legitimada, siendo competente territorial y por la materia esta Junta Provincial para conocer en única instancia de la presente reclamación.

Considerando: Que la única alegación que se efectúa por la entidad reclamante es la de no ser titular del vehículo en la fecha de la infracción, por haberlo transferido en marzo de 1988, debiéndose de tener en cuenta que la infracción se denuncia cometida el día uno de diciembre de

1987, en cuya fecha era titular la reclamante por lo que dicha alegación, que pudiera ser subsumible en el apartado d) del artículo 99 del reglamento General de Recaudación, en cuanto defecto formal del título, no es por ello aplicable.

Esta Junta Provincial de Hacienda, resolviendo en única acuerda desestimar la reclamación interpuesta, ratificando el acuerdo del Sr. Tesorero y el apremio seguido para cobro de la liquidación referida.

Contra esta resolución podrá interponerse recurso contencioso administrativo, ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses contados a partir de la notificación de la presente.

El Presidente. Los Vocales. El Letrado-Secretario. Todos firmados¯.

Huelva, 5 de diciembre de 1995.- El Delegado, Juan F. Masa Parralejo.

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