Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 120 de 19/10/1996

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE MARTOS (JAEN)

ANUNCIO de bases.

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Primero. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de una plaza de Responsable de la Emisora Municipal, vacante en la plantilla de personal laboral perteneciente al grupo C nivel 20, mediante el sistema de concurso-oposición e incluida en la Oferta de Empleo Público del año 1996 publicada en el Boletín Oficial del Estado de fecha 16 de mayo de 1996.

Segundo. Para participar en el proceso selectivo será necesario que los aspirantes antes de que termine el día de presentación de solicitudes acrediten documentalmente los siguientes requisitos:

1. Nacionalidad española.

2. Tener 18 años o más.

3. Estar en posesión del título de Bachiller Superior, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente.

4. No haber sido condenado por delito ni separado del servicio mediante expediente disciplinario del Estado, Comunidad Autónoma o Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia firme.

5. No hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad e incompatibilidad prevista en la legislación vigente.

6. No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

Tercero. Presentación de instancias. Las instancias manifestando que se reúnen todos los requisitos exigidos en la base segunda irán dirigidas al Alcalde-Presidente y se presentarán en el plazo de 20 días naturales a partir del siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro General del Ayuntamiento o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.

A la instancia deberá adjuntarse el justificante de ingreso de 2.000 pesetas en concepto de derechos de examen, o en su defecto se acompañará resguardo del giro postal o telegráfico de su abono, fotocopia del DNI, fotocopia de la titulación exigida y documentación debidamente compulsada de los méritos que se quiera valorar.

Cuarto. Admisión de aspirantes. Terminado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde-Presidente dictará Resolución en el plazo de un mes declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha Resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento, se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas, así como la composición del Tribunal.

Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

Quinto. Tribunal Calificador.

Presidente. El de la Corporación o persona en quien delegue.

Vocales:

1. Un representante de la Junta de Andalucía.

2. Un funcionario de carrera designado por la Alcaldía.

3. Un representante de los trabajadores elegidos por la Junta de Personal.

4. Un técnico experto en materia de medios de comunicación (radio, prensa o TV) designado por la Alcaldía.

5. El Presidente del Consejo de Administración de la Emisora Municipal.

Secretario. El de la Corporación o persona en quien delegue.

La designación de los miembros del Tribunal incluirá a los respectivos suplentes, que se realizará en el mismo acto. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos tres miembros, titulares o suplentes.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurra alguna de las causas previstas en el artículo 28 de la Ley 30/92.

Sexto. Sistema de selección y calificación. El orden de actuación de los aspirantes, en aquellos ejercicios que no puedan realizarse de forma conjunta, se iniciará por la letra «O¯ que se aplicará a la primera letra del primer apellido según la lista de admitidos ordenada alfabéticamente, todo ello de conformidad con el sorteo realizado por la Secretaría de Estado para la Administracion Pública.

La duración máxima del proceso selectivo será de 15 días y entre prueba y prueba transcurrirá un plazo de setenta y dos horas.

I. Fase de concurso. La valoración de los méritos se efectuará de conformidad con el siguiente baremo:

1. Méritos Académicos: Por titulación superior a la exigida: 0,50 puntos.

2. Méritos Profesionales:

Por cada mes de servicios prestados en Emisoras Privadas, en puesto de Director o Responsables acreditado mediante certificación o con la presentación de nóminas donde se verifique la categoría profesional: 0,10 puntos por mes. Máximo: 3,5 puntos.

- Por cada mes de servicios prestados como colaborador o corresponsal en Emisoras Privadas acreditadas con el correspondiente certificado, 0,05 puntos. Máximo: 3,5 puntos.

- Por cada mes de servicios prestados en Emisora Pública en tareas de Dirección acreditados de la forma anteriormente expuesta: 0,10 puntos por mes. Máximo: 3,5 puntos.

- Por cada mes de servicios prestados en Emisoras Públicas como colaborador o corresponsal acreditado mediante certificación del Organismo competente:

0,05 puntos. Máximo: 3,5 puntos.

- Por experiencia acreditada como colaborador informativo, corresponsal o puesto análogo en otros medios de comunicación distintos al radiofónico:

0,05 puntos. Máximo: 2 puntos.

3. Cursos, seminarios, congresos y jornadas: Siempre que estén directamente relacionados con la plaza e impartidos por organismos oficiales:

- De 10 a 40 horas: 0,25 puntos.

- De 41 a 100 horas: 0,35 puntos.

- Más de 100 horas: 0,50 puntos.

Máximo: 2 puntos.

No serán valorados aquellos cursos cuya duración sea inferior a 15 horas o que no se justifique su duración.

La fase de concurso no será en ningún caso eliminatoria, y deberá haber finalizado, al menos cuarenta y ocho horas antes del inicio de la fase de oposición. Los puntos así obtenidos se adicionarán por el Tribunal a la puntuación final de la fase de oposición, siempre que en la misma se haya alcanzado la puntuación mínima establecida en la convocatoria para superar cada uno de los ejercicios.

Fase de la oposición:

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único. La no presentación de un opositor a cualquiera de los ejercicios significará la eliminación del mismo en el proceso selectivo. A tal efecto, el Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los aspirantes para que se identifiquen debiendo acudir los mismos a la realización de las pruebas provistos de DNI u otro documento identificativo suficiente a criterio de Tribunal.

El procedimiento de selección constará de las siguientes fases:

a) Contestación de manera verbal de dos temas elegidos al azar de entre los que se relacionan en el Anexo de la presente convocatoria.

El tiempo máximo de realización de esta prueba será de 30 minutos.

b) Realización de supuesto práctico relacionado con las funciones a desempeñar propuesto por el Tribunal y cuya realización no excederá de 30 minutos.

Cada una de estas partes serán calificadas hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada una de ellas. La puntuación total será la media aritmética de las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

El número de puntos que podrán ser otorgados por cada uno de los miembros del tribunal en cada ejercicio será de 0 a 10 puntos.

Las calificaciones se adoptarán sumando las calificaciones individuales emitidas y dividiendo el total por el número de miembros asistentes del Tribunal, siendo el cociente la calificación obtenida.

Las calificaciones de cada ejercicio se publicarán una vez acordadas y se expondrán en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Séptimo. Puntuación. Concluidas las pruebas, el tribunal publicará en el

Tablón de anuncios de la Corporación la relación de aprobados, según el orden de puntuación. La relación de aprobados será elevada junto con la propuesta de nombramiento al Presidente de la Corporación.

El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas un número superior a las plazas convocadas.

Octavo. Presentación de documentos. El aspirante propuesto, presentará en el Negociado de Personal de la Corporación, en el plazo de 20 días naturales desde que se haga pública la relación de aprobados, los documentos que acrediten los requisitos de la base segunda de la convocatoria. Si dentro del plazo indicado, y salvo causa de fuerza mayor, la documentación, no podrá tomar posesión de dicha plaza, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hayan podido incurrir por falsedad en la solicitud.

Noveno. El aspirante que supere el proceso selectivo será nombrado como personal laboral fijo por el Presidente de la Corporación, debiendo tomar posesión de la plaza en el plazo de 30 días a contar del siguiente al que le sea notificado el nombramiento.

Undécimo: Derecho supletorio. En lo no previsto en las bases de la presente convocatoria será de aplicación el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, Real Decreto 986/91, de 7 de junio, en virtud del cual se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que deben ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local.

Duodécimo: Impugnaciones. La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de su aplicación y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992.

ANEXO 1. TEMARIO

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo.

Tema 2. La Comunidad Autónoma Andaluza: Su Estatuto de Autonomía.

Tema 3. La organización territorial del Estado: La provincia y el municipio.

Tema 4. Organización y funcionamiento de la Administración Local. El Alcalde. Los Tenientes de Alcalde. El Pleno. La Comisión de Gobierno. Organos complementarios.

Tema 5. La función pública local. Concepto. Clases. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios públicos locales.

Tema 6. Legislación en materia de Emisoras Municipales: Ley 11/81, de 8 de abril de Organización y control de Emisoras Municipales.

Tema 7. Legislación en materia de Emisoras Municipales: Decreto 202/91, de 5 de noviembre, que regula la concesión de gestión indirecta por parte de las Corporaciones Municipales del Servicio de Ondas Métricas.

Tema 8. Las Emisoras Municipales en Andalucía. Principios rectores. Historia de las Emisoras Municipales en Andalucía.

Tema 9. La comunicación. Elementos. Tipos. La comunicación oral. La comunicación telefónica.

Tema 10. Conceptos básicos utilizados en la Radiodifusión. Señales básicas del locutor/a.

Tema 11. El Guión. Introducción. Su importancia en la Comunicación Radiofónica. Tipos. Las sintonías.

Tema 12. La importancia de la música en la Radio. Ambientación musical. Organización de discoteca radiofónica.

Tema 13. La locución. Introducción. Vocalización. Entonación. Ritmo. Actitud. Lectura y tono.

Tema 14. Organización de las Emisoras Municipales. La publicidad. Gestión. Dotación técnica mínima y demás aspectos básicos de la organización.

Tema 15. Historia de la radiodifusión en Martos. Conocimientos mínimos de las tradiciones e historia marteñas.

Martos, 9 de septiembre de 1996.- El Alcalde-Presidente.