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Por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada con carácter ordinario el día 23 de septiembre del presente año, se adoptó el siguiente acuerdo, cuyo contenido literal es el siguiente, de conformidad con lo establecido en el art. 70.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificado por la Ley 39/94, de 30 de diciembre:
Dada cuenta del dictamen favorable de la Comisión Informativa de Urbanismo, sobre la necesidad de proceder a la aprobación definitiva del Reformado del Plan Parcial del Sector núm. 6 de El Portil promovido por Lagunas del Portil, S.A.
Resultando que el Ayuntamiento en Pleno, en sesión extraordinaria y urgente celebrada el 14 de junio de 1996, adoptó entre otros el siguiente acuerdo: «Primero. Aprobar inicialmente el Plan Parcial de Ordenación del Sector núm.
6 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Urbanístico.
Segundo. De conformidad con lo establecido en el art. 116 del Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana se someterá el expediente a información pública durante el plazo de un mes mediante anuncios que se publicarán en el BOJA y en uno de los diarios de información de la provincia.
Tercero. En el caso de que no se presenten alegaciones durante el período de información pública al expediente, se considerará aprobado provisionalmente¯. Resultando que el expediente relacionado fue expuesto al público, tras la publicación de los anuncios correspondientes en el BOJA núm. 82, de 18 de julio de 1996, y en el Diario «La Voz de Huelva¯, correspondiente al 28 de junio de 1996.
Resultando que el citado acuerdo fue notificado individualmente a la Empresa promotora en debida y legal forma.
Resultando que en el trámite de información pública y en el de la notificación personal a los interesados no se ha presentado ningún tipo de reclamaciones.
Considerando que la legislación aplicable en este caso, viene determinada por el art. 22.2.c) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; los arts. 68 y 69 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; los arts. 117.4, 118.3.d) y 124.1 del Real Decreto Legislativo 1/92, de 26 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana; el punto 4º del art.
141 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico, el art. 50.20 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales y el art. 31 del Decreto 77/94, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, determinándose los órganos a los que se atribuyen.
Por todo ello la Corporación por unanimidad de los dieciséis miembros asistentes, acuerda:
Primero. Aprobar definitivamente el Reformado al Plan Parcial del Sector núm. 6 de El Portil promovido por Lagunas del Portil, S.A., en los mismos términos de su aprobación inicial y con las conclusiones que constan en el informe de los Servicios Técnicos Municipales.
Segundo. Publicar reglamentariamente el presente acuerdo.
Tercero. Notificar el presente acuerdo a Lagunas del Portil, S.A., en debida y legal forma.
El presente acuerdo entrará en vigor una vez publicado este Edicto y haya transcurrido el plazo de quince días hábiles, previstos en el art. 65.2 de la citada Ley de Bases de Régimen Local y a partir del día siguiente a la fecha de la publicación del Edicto correspondiente en el diario oficial, las personas que estén interesadas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, previa comunicación a este Excmo. Ayuntamiento, ya que el presente acuerdo agota la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el art. 52.2.a) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el art. 306 del Real Decreto Legislativo 1/92, de 26 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido en materia de Régimen Local.
Lo que se hace público para general conocimiento y para dar cumplimiento a lo especificado en el punto segundo de dicho acuerdo.
Punta Umbría, 25 de septiembre de 1996.- El Alcalde, José Hernández Albarracín.