Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 124 de 29/10/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 8 de octubre de 1996, de la Delegación de Gobernación de Córdoba, por la que se presta conformidad a la enajenación, mediante pública subasta, de un local propiedad del Ayuntamiento de Luque, Córdoba.

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En el expediente instruido por el Ayuntamiento de Luque (Córdoba) se ha dado cumplimiento a lo establecido en los artículos 22.2.l; 47.3.k, 79, 80 y

81 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 76 y 79 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; artículos 7, 8, 109, 115, 118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.

Correspondiendo a la Delegada de Gobernación de la Junta de Andalucía dar la conformidad en los expedientes de enajenación de bienes mediante pública subasta, cuya cuantía sea inferior al 25% del Presupuesto Ordinario de la Corporación (artículo 3º 9 del Decreto 29/1986, de 19 de febrero).

En virtud de lo anteriormente expuesto, he tenido a bien disponer lo siguiente:

1º Prestar conformidad a la enajenación, mediante pública subasta, del local de 203 m situado en planta baja de C/ Cruz de Marbella, s/n, que linda por la derecha entrando con Instalaciones Deportivas; por la izquierda con el subsuelo de Cruz de Marbella; por el fondo con subsuelo del inmueble propiedad de don Angel Cañete Molina, y que figura como parte segregada del núm. 17 del bien denominado instalaciones deportivas y piscina e inscrito en el Registro de la Propiedad de Baena con el núm. finca 9.782, folio 178, libro 77 del tomo 315.

2º Comunicar la presente Resolución al Ayuntamiento de Luque (Córdoba).

3º Ordenar su publicación en el BOJA.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer Recurso Ordinario ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación en el plazo de un mes, contado a partir de la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos 107.1 y 114 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 258, de 27 de noviembre). Dicho recurso deberá expresar los requisitos enunciados en el artículo 110.1 de la mencionada Ley y se ejercerá sin perjuicio de cualquier otro que Ud. estime oportuno.

Córdoba, 8 de octubre de 1996.- La Delegada, Presentación Fernández Morales.

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